Se crea el Consejo de Seguridad Nuclear como ente de Derecho Público, independiente de la Administración General del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de los del Estado, y como único organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. Se regirá por un Estatuto propio elaborado por el Consejo y aprobado por el Gobierno, de cuyo texto dará traslado a las comisiones competentes del Congreso de los Diputados y del Senado antes de su publicación, y por cuantas disposiciones especificas se le destinen, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los preceptos de la...
+ Ver másEn España hay seis centrales nucleares en explotación, de ellas, Almaraz y Ascó, tienen dos...
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De acuerdo con la recomendación de la misión IRRS realizada por el OIEA al...
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