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El CSN informa de la vigilancia radiológica de las aguas costeras españolas

Los resultados de las medidas y de los análisis realizados hasta la fecha no han identificado niveles significativos de radiactividad en la costa gallega ni cantábrica  

El pasado jueves, el gobierno de la Xunta de Galicia envió al regulador una carta solicitando información sobre la calidad radiológica ambiental del litoral

Los resultados de las medidas y de los análisis realizados hasta la fecha no han detectado niveles significativos de radiactividad ambiental

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha trasladado a la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Xunta de Galicia, información sobre la calidad radiológica ambiental de las aguas costeras españolas. Dicha respuesta se produce tras la carta enviada por este organismo solicitando información sobre el seguimiento técnico y ambiental de los residuos radiactivos arrojados entre 1949 y 1982 a las profundidades del océano Atlántico nororiental ubicados en aguas internacionales.

Los resultados de las medidas y de los análisis realizados hasta la fecha no han detectado niveles significativos de radiactividad ambiental. De este modo, todos los resultados son inferiores a los límites establecidos en la normativa española y de la Unión Europea. Dichos datos son remitidos anualmente a la Comisión Europea y a la Comisión OSPAR (Convención para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste).

El CSN, en cumplimiento de sus funciones, vigila y controla la calidad radiológica de las aguas costeras españolas, entre las que se encuentran las de la Comunidad Autónoma de Galicia, donde hay tres puntos de muestreo. Para desarrollar estas labores de vigilancia con todas las garantías, cuenta con la colaboración del Centro de Estudios Experimentales de Obras Públicas (Cedex) quien, a su vez, para la recogida trimestral de muestras, coopera con otros organismos públicos como la Dirección General de Costas, autoridades portuarias o la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad marítima.

Misión de verificación

El Consejo recuerda que la Comisión Europea llevó a cabo en 2021 una misión de verificación a España, dentro del artículo 35 de EURATOM, en la que, entre otros asuntos, se comprobaron los sistemas nacionales disponibles para la vigilancia radiológica ambiental de las costas gallegas. En sus conclusiones recogieron que las capacidades y las instalaciones para la vigilancia radiológica ambiental son adecuadas, por lo que cualquier incidencia o anomalía, sería detectada. Además, la misión de verificación destacó el compromiso CSN con la vigilancia y la supervisión de la calidad radiológica del medio ambiente.

Todos los datos relativos a la calidad radiológica del agua en las costas españolas se pueden consultar y están disponibles en la página web del CSN a través de su plataforma KEEPER. En la web del regulador, también se pueden encontrar todos los informes remitidos por la Comisión Europea tras la mencionada misión de verificación de 2021. Además, el CSN informa puntualmente de cualquier novedad sobre este aspecto a través de los informes que remite anualmente a las Cortes y responde a preguntas escritas, resoluciones o demandas de información y comparecencias.

Contexto histórico

Entre 1949 y 1982, varios países europeos (Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Países Bajos, Suecia, Suiza y Reino Unido), vertieron residuos radiactivos en el Atlántico nororiental en lo que se conoce como la Fosa Atlántica. Los vertidos se efectuaron fuera de las aguas territoriales españolas, estando las zonas más cercanas localizadas a más de 750 kilómetros de sus costas y en las aguas profundas, entre 3.000 y 5.000 metros.

Este enfoque sobre la gestión de residuos radiactivos cambió en el año 1983 con la adopción, en virtud del Convenio de Londres de 1972, de una moratoria voluntaria sobre el vertido de residuos radiactivos en el mar. En 1992, la Comisión del Convenio OSPAR prohibió el vertido de sustancias radiactivas de baja y media actividad en la zona marítima de del Atlántico nororiental, y en 1993 esa prohibición se aplicó a nivel mundial.

España no ha efectuado vertidos de residuos en la Fosa Atlántica. Por tanto, no tiene responsabilidad alguna sobre los mismos ni sobre su estado. Únicamente le corresponde verificar la calidad radiológica del medio ambiente en su territorio, incluidas las aguas costeras, tal y como viene haciendo de acuerdo con las funciones que le asigna la ley de creación del organismo.

Sobre el CSN

El CSN, autoridad administrativa independiente, es el único organismo público de España competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. Es el encargado de proteger a la población y el medio ambiente de los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes, propiciando que las instalaciones nucleares y radiactivas y las actividades que involucran riesgos radiológicos sean operadas por los titulares de forma segura, estableciendo las medidas de prevención y corrección adecuadas frente a emergencias radiológicas, cualquiera que sea su origen.

 

*Consulta aquí el glosario de términos técnicos*