CSN El Pleno del CSN informa favorablemente la solicitud de modificación de la Orden Ministerial que recoge la autorización de explotación de la central nuclear Trillo (Guadalajara) - 2021

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El Pleno del CSN informa favorablemente la solicitud de modificación de la Orden Ministerial que recoge la autorización de explotación de la central nuclear Trillo (Guadalajara)

El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha informado favorablemente, por cuatro votos a favor y la abstención del consejero Francisco Castejón, la propuesta de modificación de la Orden Ministerial que recoge la autorización de explotación de la central nuclear Trillo (Guadalajara) trasladado al CSN por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD).

La modificación consiste en el cambio de la condición número dos de la autorización de explotación vigente en lo que se refiere a la fecha de presentación de la solicitud de renovación de la autorización de explotación por parte del titular, pero se mantiene el plazo mínimo de tres años para la remisión al CSN de los documentos requeridos para sustentar la posible operación a largo plazo (Plan Integrado de Evaluación y Gestión del Envejecimiento (PIEGE); suplemento del Estudio de Seguridad (ES); revisión de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF); estudio del impacto radiológico y revisión del plan de gestión de residuos radiactivos y combustible gastado) para la evaluación de las condiciones de seguridad de la instalación por parte del regulador.

La autorización de explotación en vigor establece un plazo mínimo de tres años antes de su expiración para solicitar la renovación de dicha autorización. Mediante esta modificación de la Orden Ministerial, la solicitud de renovación de autorización puede presentarse junto con la remisión de la Revisión Periódica de Seguridad (RPS) de la instalación, cuya fecha se encuentra determinada en la propia autorización vigente.

La revisión realizada por el CSN ha comprobado que no hay reducción de tiempo en los plazos disponibles por el regulador para evaluar la documentación asociada a la operación a largo plazo, a la revisión periódica de la seguridad y al resto de la documentación asociada a la solicitud de renovación.

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