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Hallazgos
Hallazgos de Almaraz II (Trimestre 3 año 2010)

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Almaraz IISin hallazgosVerde (6) Sin hallazgosVerde (1) Verde (1) Sin hallazgosSin hallazgos

Trimestre 3
Año 2010
Sin hallazgosVerde (2) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 2
Año 2010
Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Verde (1) Sin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 1
Año 2010
Sin hallazgosVerde (3) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 4
Año 2009
Sin hallazgosVerde (1) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos

 Pilar: Sistemas de mitigacion

Fecha de la inspección
30-09-2010

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ejecución de una medida compensatoria sin realizar una evaluación de seguridad

Descripción del incumplimiento
La inspección halló una caja de conexiones cubierta con plásticos fijados con cinta adhesiva para protegerla del goteo de agua con boro proveniente de la unión embridada de una válvula de seguridad. Esta caja de conexiones debe mantener su estanqueidad en caso de accidente, pues alberga los cables de alimentación e indicación de la válvula motorizada "A" perteneciente al sistema de inyección de seguridad. Aunque había una orden de trabajo mediante la cual se limpiaban periódicamente los restos de boro de la válvula afectada, el titular en ningún caso abrió ninguna condición anómala que valorase el grado de protección alcanzado con el plástico y justificar así que la calificación ambiental de la caja de conexiones se mantenía y que se garantizaba la operatividad de la válvula. El titular tampoco valoró las posibles interferencias que dicha protección podría ocasionar. El titular ha fallado al no identificar el estado de la válvula y la caja de conexiones como una condición degradada de acuerdo al procedimiento de "Tratamiento de condiciones anómalas de estructuras, sistemas o componentes". Si se hubiese identificado una condición anómala, se hubiera valorado de forma adecuada la efectividad y las consecuencias de la medida compensatoria adoptada al cubrir la caja con plásticos.

Valoración de la importancia para la seguridad
El incumplimiento afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. A la hora de valorar la importancia para la seguridad del hallazgo se tiene en cuenta que en el proceso de calificación de la caja de conexiones ésta es sometida a un ambiente del 100 % de humedad y a un rociado de una solución de fosfato trisódico y ácido bórico de ph comprendido entre 7 y 7,3. En base a esto, se concluye que existe una expectativa razonable de que la medida compensatoria adoptada hubiera mantenido en el tiempo la calificación requerida por la caja de conexiones. Asimismo, y tras valorar las consecuencias del desprendimiento del plástico que cubría la caja sobre los componentes ubicados en el mismo cubículo, se concluye que éste sólo afectaría a componentes de un solo tren de sistemas de seguridad. Por ello, el hallazgo se clasifica como de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-12-2010

Acta 889






Fecha de la inspección
30-09-2010

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Cargas de fuego transitorias situadas cerca del edificio del generador diesel número 4 sin separación de seguridad

Descripción del incumplimiento
Con fecha de 28/08/10, la inspección observó una pirámide de botellas de hidrógeno junto al edificio del generador diesel número 4. Este es un hecho repetitivo, pues una circunstancia similar se consignó en el acta de inspección correspondiente al cuarto trimestre de 2009. Como consecuencia de ese último hallazgo, el titular abrió una no conformidad que establecía como acción correctiva incluir en el procedimiento de control de combustibles transitorios al edificio del cuarto generador diesel como recinto donde se prohíbe almacenar combustibles transitorios. Asimismo, se pedía analizar la posibilidad de establecer zonas de almacenamiento en áreas exteriores durante la recarga para trabajos repetitivos. La fecha de cierre de la no conformidad fue el 18 de marzo de 2010. Las acciones correctivas propuestas por el titular no han sido eficaces. Los procedimientos desarrollados como consecuencia de la no conformidad contemplan los generadores diesel como zonas de incendio, pero no así las zonas anexas. La situación de las pirámides de hidrógeno incumple el requisito de proporcionar una separación mayor de 50 pies (15 metros) entre el almacenamiento de hidrógeno y tanques o estructuras, sistemas y componentes significativos para el riesgo.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo supone una degradación del sistema de protección contra incendios e impacta sobre el pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Está relacionado con la protección contra factores externos, en este caso un fuego. El incumplimiento afecta a un solo tren de seguridad (un generador diesel de emergencia) y, por tanto, tiene muy baja significación para el riesgo, por lo que se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-12-2010




Fecha de la inspección
31-03-2010

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Riesgo de entrada de agua de lluvia en el generador diesel número cinco

Descripción del incumplimiento
Durante una inspección realizada a la cubierta del contenedor donde está instalado el generador diesel número 5 (5DG), se encontraron piedras que se habían empleado para sujetar plásticos, así como juntas parcialmente selladas con silicona. En los registros anotados por los auxiliares de operación se había consignado la retirada de plásticos y el sellado con silicona para frenar la entrada de agua en el recinto del generador. El diseño del generador diesel 5DG prevé que el contenedor que protege al diesel sea estanco al agua. Al colocar sobre éste un casetón con unidades extractoras de sistemas de ventilación se rompió la estanqueidad al agua del contenedor en la parte central donde está situado el alternador del equipo. Por ello, se hizo necesario instalar plásticos en la cubierta para evitar que el agua de lluvia pudiera entrar al interior. La estructura del recinto metálico que protege al generador fue clasificada como aceptable en la inspección realizada en el año 2007. En 2009, después de la instalación del casetón de ventilación, el recinto precisó ser tapado con plásticos y se rellenaron las juntas con silicona para impedir que cayese agua sobre el alternador del equipo. Se incumplió el objetivo del procedimiento “Inspección Estructural. Regla de Mantenimiento” que el titular utiliza para calificar una estructura metálica como aceptable. El hallazgo afecta a las dos unidades de la central porque el generador diesel es común a ambas.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo consiste en tener un diseño distinto al contemplado en las bases de diseño de un componente de seguridad y afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación en el atributo de comportamiento y fiabilidad de los equipos. En este caso, se considera que existe un riesgo razonable de que el agua de lluvia pueda afectar al comportamiento del alternador del generador diesel. Se considera que el hallazgo no ha supuesto la pérdida de ninguna función de seguridad, ni de un tren completo de un sistema de seguridad, y por ello se clasifica de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-06-2010

Acta 871






Fecha de la inspección
31-03-2010

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de una evaluación de operabilidad tras la superación del umbral de alerta en las vibraciones del alternador del generador diesel número dos

Descripción del incumplimiento
Durante una revisión de la eficacia del mantenimiento correctivo sobre el generador diesel número tres (3DG) después de la parada preventiva del día 15/12/09, se valoró la posibilidad de una pérdida de fiabilidad en los GD-1 y GD-2 por ser del mismo fabricante. Los fallos ocurridos en el generador son debidos a que las configuraciones del aislamiento entre el eje del rotor y el cojinete estaban pensadas para generadores con un solo motor, en lugar de los dos motores que es del diseño existente. En enero se confirmó que en un punto del alternador del 2DG había una tendencia al aumento de vibraciones, aproximándose al valor de 12 mm/s del umbral de alerta. Además, en otro punto se obtenían repetidamente valores en el entorno de dicho umbral de alerta. Se revisó la orden de trabajo ejecutada el 02/04/09 sobre comprobación de holguras en la zona del aislamiento entre el eje y el cojinete, no detectándose diferencias significativas ni fuera de tolerancia respecto a las de diseño. Después de la parada preventiva del generador diesel número tres, existían indicios (diseño susceptible de presentar el mismo problema y presencia de altas vibraciones por encima del valor de alarma) suficientes para que el titular realizase una evaluación de operabilidad del generador número dos, sin embargo, esta no se realizó. El titular incumplió el objetivo del procedimiento “Tratamiento de condiciones anómalas de estructuras, sistemas o componentes”.

Valoración de la importancia para la seguridad
No hacer una valoración de operabilidad cuando existen indicios que puedan hacerla necesaria es un hallazgo que afecta al objetivo del pilar de seguridad de sistemas de mitigación, pues puede existir una pérdida de operabilidad no valorada de un componente de seguridad. Considerando que, tras valorar el incidente del número generador número tres, la deficiencia identificada en el mismo no provocaba la pérdida de la función del generador número dos, el hallazgo se clasifica de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-06-2010

Acta 871






Fecha de la inspección
31-03-2010

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Falta de análisis de extensión de causa tras el fallo de un interruptor

Descripción del incumplimiento
El día 15/12/09 se produjo en la unidad 2 la pérdida de la alimentación de 125 V de corriente continua (Vcc) a una de las bobinas de apertura del interruptor de disparo del reactor. El fallo fue debido a la apertura de un interruptor al actuar el fusible de protección situado en su interior. El interruptor abrió por la rotura de la baquelita que alberga el fusible de protección. Adicionalmente, el titular comprobó que la mayor parte de los interruptores de la barra de referencia 2D3 de 125 Vcc presentaban la baquelita de los fusibles deformada y/o reparada. A pesar de estar presente la causa del fallo en componentes similares, el titular no realizó un análisis de extensión de causa, limitándose a dejar constancia de la reparación realizada en la orden de trabajo. Posteriormente, el titular analizó la causa del fallo y concluyó que la situación de los interruptores era aceptable, pero que era conveniente sustituir los componentes afectados por otros nuevos. No hacer una valoración de extensión de causa, es decir si una misma causa puede afectar más de un componente, cuando existen indicios para ello, es una situación adversa a la calidad. El programa de acciones correctivas del titular debe tener previstas acciones para asegurar que se identifican y se corrigen las no conformidades que afectan a componentes de seguridad. El titular no realizó una evaluación de operabilidad de la barra eléctrica denominada 2D3 de 125 Vcc, incumpliendo el procedimiento de condiciones anómalas. El hallazgo afecta a las dos unidades de la central.

Valoración de la importancia para la seguridad
El incumplimiento afecta al objetivo del pilar de seguridad de sistemas de mitigación, pues puede existir una pérdida de fiabilidad no valorada de todos los equipos afectados por una misma causa. Tras la valoración del hallazgo se concluyó que el fallo del interruptor no originó el fallo funcional del interruptor de disparo del reactor en el tren A, pues el mismo sólo afectó al disparo manual por el tren A. Por ello, el hallazgo se clasifica de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-06-2010

Acta 871






Fecha de la inspección
30-12-2009

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Cargas transitorias de fuego situadas cerca del edificio del generador diesel número 4 sin una separación de seguridad

Descripción del incumplimiento
La inspección observó la presencia simultánea de un conjunto de botellas de hidrógeno y tanques de aceite de los transformadores en torno al edificio del generador diesel número 4, durante largos periodos de tiempo. Las botellas de hidrógeno estaban próximas a las rejillas de ventilación del edificio y a la toma de aire para el motor en el lado norte del diesel. El apéndice A de la Branch Technical Position 9.5-1 “Guideline for Fire Protection for Nuclear Power Plants” es la normativa americana aplicable a la central y está incluido como referencia en el manual de protección contra incendios (PCI) de la central nuclear de Almaraz. En este documento se exige que haya una separación mayor de 15 metros entre el almacenamiento de hidrógeno y las tomas de ventilación. También se exige una separación mayor de 15 metros entre el almacenamiento de hidrógeno y tanques, estructuras, sistemas y componentes que sean significativos para el riesgo, como es el caso del edificio del generador diesel de emergencia. El titular ha incumplido la normativa americana aplicable a la central y el manual de protección contra incendios de la propia central.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo supone una degradación del sistema de protección contra incendios e impacta sobre el pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Está relacionado con la protección contra factores externos, en este caso, un fuego. El incumplimiento afecta a un solo tren de seguridad (un generador diesel de emergencia) y por tanto tiene muy baja significación para el riesgo, por lo que se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
29-03-2010

Acta 697






 Pilar: Preparación para emergencias

Fecha de la inspección
28-04-2010

Pilar de seguridad
Preparación para emergencias

Importancia
Verde

Titulo
En el simulacro de emergencia anual no se realizaron las actividades del programa de vigilancia radiológica en emergencia

Descripción del incumplimiento
La inspección constató que, en el simulacro anual de emergencia de la central realizado el 29/04/10 y que incluía la declaración de la categoría IV de emergencia del Plan de Emergencia Interior (PEI), no se realizaron las actividades previstas en el Plan de Vigilancia Radiológica en Emergencias (PVRE). El mencionado plan sí que fue activado a lo largo del simulacro tras la declaración de la categoría III de emergencia. El titular incumplió el procedimiento de referencia GE-PE-4.04 “Simulacro de emergencia”, ya que no se realizaron las actividades del programa de vigilancia radiológica (PVRE), pese a haberse activado el mismo tras la declaración de una categoría III del Plan de Emergencia Interior en el desarrollo del simulacro.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de preparación para emergencias, en su atributo de actuación de la organización de respuesta a la emergencia (ORE), al incumplir un requisito de la misma durante un simulacro como fue la no realización del plan de vigilancia radiológica. El hallazgo ha supuesto el fallo de un requisito relacionado con una función que no es de seguridad y además, el fallo del citado requisito no constituye la pérdida de la función afectada por el mismo, ya que el plan de vigilancia radiológico en emergencia pudo haberse realizado por el titular en todo momento. Por ello, el hallazgo se considera de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-09-2010

Acta 873






 Pilar: Protección radiológica ocupacional

Fecha de la inspección
30-06-2010

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Deficiencias en el acceso a zona controlada del Almacén Temporal de Residuos Sólidos

Descripción del incumplimiento
El día 7/05/10, la inspección observó diversas deficiencias en el pasillo habilitado como zona de cambio de vestuario para el acceso a la zona controlada en el Almacén Temporal de Residuos Sólidos. Las prendas de protección radiológica del personal se almacenaban en un armario exterior, donde también se almacenaba la ropa contaminada, aunque metida en bolsas. La inspección consideró que se habían establecido unos controles físicos insuficientes para controlar el acceso a la zona radiológica, la zona con posible contaminación y el seguimiento de estos controles por parte de los trabajadores. Existía la posibilidad de que uno o más trabajadores recibieran una dosis de radiación o sufriesen una contaminación imprevista e involuntaria. El titular ha incumplido sus obligaciones al carecer de un procedimiento que describa adecuadamente el acceso a la zona controlada de los almacenes temporales de residuos sólidos, dado que el procedimiento titulado “Acceso a Zona Controlada” describe únicamente el acceso principal a la Zona Controlada en el interior de la central.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al objetivo del pilar de seguridad de protección radiológica ocupacional, en el atributo de instalaciones de la central/equipamiento e instrumentación. El hallazgo implica la posibilidad de que un trabajador o más recibieran una dosis o sufrieran una contaminación imprevista e involuntaria. Al considerar que el incumplimiento es relativo a los programas ALARA de la central se considera de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-09-2010

Acta 889








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