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Hallazgos
Hallazgos de Ascó II (Trimestre 1 año 2016)

UNIDADESSucesos iniciadoresSistemas de mitigacionIntegridad de barrerasPreparación para emergenciasProtección radiológica ocupacionalProtección radiológica del públicoElementos Transversales
Ascó IIVerde (1) Verde (9) Sin hallazgosVerde (1) Verde (1) Sin hallazgosSin hallazgos

Trimestre 1
Año 2016
Sin hallazgosVerde (2) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 4
Año 2015
Sin hallazgosVerde (4) Sin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Sin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 3
Año 2015
Sin hallazgosVerde (2) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 2
Año 2015
Verde (1) Verde (1) Sin hallazgosVerde (1) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos

 Pilar: Sucesos iniciadores

Fecha de la inspección
30-06-2015

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Entrada de agua en cubículos de seguridad durante la ejecución de un procedimiento de vigilancia

Descripción del incumplimiento
El 12/06/15, el titular realizó el procedimiento de vigilancia de prueba de flujo con aire en el sistema de extinción de incendios de agua pulverizada del edificio de control. Para ello drenó el agua existente en las tuberías e inyectó aire, comprobando que este fluía por los pulverizadores. Al aplicar este procedimiento en una estación contra incendios automática, se arrastró una pequeña cantidad de agua que no había sido posible drenar al no existir drenajes en los puntos bajos del colector de descarga. El agua afectó al detector de incendios más próximo a los pulverizadores que se estaban verificando, y generó un cortocircuito en la base del mismo. Este cortocircuito provocó que el panel de control diera orden de actuación del sistema de extinción en dos zonas de la sala de cables del edificio de control. El personal de la brigada contraincendios verificó que la línea de detección del detector que sufrió el cortocircuito coincidía con la del resto de detectores que provocaron la orden de actuación de las dos estaciones de control, lo que confirma la tesis del cortocircuito en el detector. El agua se acumuló en el pasillo del edificio de control, formando charcos que alcanzaron las salas de los dos trenes de las barras eléctricas de salvaguardias, aunque no se produjo ninguna afectación en dichas salas. El procedimiento de vigilancia para realizar la prueba de flujo con aire en el sistema de agua pulverizada, no incluía una precaución para evitar que el arrastre de esas pequeñas cantidades de agua que no han sido posible drenar pueda afectar a un elemento de detección. Esto incumple lo indicado en un procedimiento del titular sobre la necesidad de recoger precauciones en aquellos pasos de los procedimientos que si no se siguen estrictamente pudieran dar lugar a daños en el personal o equipos.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo impacta en el pilar de seguridad de sucesos iniciadores, ya que una inundación en un solo punto como es un pasillo del edificio de control puede afectar a los dos trenes de un sistema (en este caso las barras eléctricas de salvaguardias). Dado que la entrada de una pequeña cantidad de agua en las salas donde están ubicadas las barras de salvaguardias no llegó a afectar el funcionamiento de las mismas, se concluye que el hallazgo tiene muy poca significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
Autorrevelado

Fecha de notificacion
25-09-2015

Acta 1070





 Pilar: Sistemas de mitigacion

Fecha de la inspección
29-09-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Error en las bases de diseño del sistema de corriente continua para las solenoides de las válvulas de aislamiento del agua de alimentación principal

Descripción del incumplimiento
Mediante una modificación de diseño se sustituyeron las válvulas solenoides S3 y S4 de las válvulas de aislamiento del sistema de agua de alimentación principal, con el objeto de cambiar el modo de fallo de las mismas. Según consta en la documentación de la modificación de diseño, el rango de tensión de funcionamiento indicado por el fabricante de las solenoides es de 125 Vcc +/-10%, lo que no es consistente con el rango requerido por diseño que es entre 105 y 140 Vcc. En la documentación de la modificación de diseño, el titular justifica esta inconsistencia argumentando que el rango de funcionamiento dado por el fabricante es asumible en el escenario más desfavorable para el funcionamiento de las válvulas. Este escenario sería el caso en que un único cargador de baterías alimente a las dos barras eléctricas G1A y G1B. No obstante, las nuevas solenoides han sido sometidas a un proceso de dedicación para garantizar que cumplen los requisitos como sistemas de seguridad y, por ello, el CSN estima que, aunque realmente existe una inconsistencia que constituye un error sustancial en la modificación de diseño, el resultado de las pruebas realizadas en el proceso de dedicación justifica que las válvulas solenoide pueden funcionar correctamente alimentadas desde las baterías durante las dos horas requeridas en las bases de diseño del sistema de corriente continua. El titular ha incumplido lo establecido en el procedimiento de control de las modificaciones de diseño, debido a que en el desarrollo de la misma no se han considerado adecuadamente las bases de diseño del sistema de corriente continua de 125 Vcc.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Debido a que en las pruebas realizadas en el proceso de dedicación de las válvulas solenoides para garantizar la cualificación de las mismas como equipos de seguridad, ha quedado justificado su funcionamiento a 100 Vcc, que es un valor inferior al valor más bajo requerido por el fabricante que es de 105 Vcc el error de diseño tiene muy baja significación para la seguridad y el hallazgo se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 1076





Fecha de la inspección
29-09-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Deficiencias en el cálculo de diseño de las baterías y cargadores del sistema de agua de alimentación auxiliar

Descripción del incumplimiento
Con motivo de la implantación de una modificación de diseño para la sustitución de los cargadores de las baterías de seguridad que alimentan a la barra eléctrica denominada G1B, el titular emitió la revisión 8 del documento de diseño de las baterías y cargadores del sistema de agua de alimentación auxiliar. La inspección revisó dicho documento identificando algunas deficiencias, como por ejemplo que se había realizado para una tensión final de 1,14 Voltios/elemento, que es inferior a la requerida (1,157 V/elemento) y que se había utilizado un factor de envejecimiento de 1,25, que no es coherente con las especificaciones vigentes. Respecto a la tensión final, el titular manifestó que el fabricante de las baterías no había publicado los datos para la del tipo de una tensión final de 1,157 V/elemento y por eso habían utilizado los correspondientes a 1,14 V/elemento, que es el valor más próximo al requerido. Respecto al factor de envejecimiento, el requisito de vigilancia aplicable de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) de la central establece que la capacidad de la batería debe ser igual o mayor que el 50% de la capacidad nominal, por lo que el factor de envejecimiento debe ser 2. A pesar de estas deficiencias del cálculo de dimensionamiento de las baterías, el tipo de batería instalada cumple los requisitos de las ETF debido al sobredimensionamiento de las mismas respecto al valor calculado. El titular ha fallado al realizar el cálculo para el diseño de la batería de seguridad, utilizando un valor de tensión final/elemento inadecuado y un factor de envejecimiento no coherente con las ETF.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Debido al sobredimensionamiento de la batería instalada frente a lo requerido estrictamente por el cálculo de diseño de la misma y el error en el factor de envejecimiento utilizado, el hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 1076





Fecha de la inspección
23-10-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Declaración de la aptitud física de algunos miembros de la brigada de Protección Contra Incendios (PCI) sin realizar las pruebas físicas adecuadas

Descripción del incumplimiento
La Inspección realizó una comprobación de los resultados de las pruebas físicas periódicas realizadas por los miembros de la brigada de Protección Contra Incendios (PCI) de la central nuclear de Ascó, relacionadas con la composición, organización, formación entrenamiento y aptitud de sus componentes. De dicha comprobación resultó que seis de los 30 miembros de la brigada de PCI no satisfacían los requisitos estipulados sobre aptitud física de la Guía de Seguridad (GS) 1.19 del CSN sin que existiera constancia de que la hubieran superado en los dos años previos. El titular había concluido que todos los miembros de la brigada eran aptos y no era necesaria ninguna actuación adicional. El titular incumple los requisitos establecidos en la GS 1.19 del Consejo para satisfacer la Instrucción de CSN, IS-30 en lo referido a la aptitud física de seis miembros de la brigada, sin disponer de una alternativa a su cumplimiento. El hallazgo afecta a las dos unidades de la central.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en lo que se refiere a la disponibilidad de los equipos y sistemas para hacer frente a las consecuencias indeseadas de un accidente, en este caso un fuego, al no tener la absoluta seguridad de que la brigada de Protección Contra Incendios (PCI) de la central pueda cumplir sus funciones con éxito en el tiempo exigido en cada caso. No obstante, el titular satisface la literalidad de la IS-30 del CSN al estar aceptada la aptitud física de toda la brigada por una persona responsable. Por otro lado, se estima que aunque pueda considerarse que la brigada tiene un cierto nivel de degradación, éste sería bajo en cualquier caso, y el incumplimiento supondría un incremento muy bajo del riesgo de la instalación. Por ello, el hallazgo se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 1088





Fecha de la inspección
22-11-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Realización incompleta de requisitos de vigilancia del sistema de ventilación de la sala de control

Descripción del incumplimiento
Las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) recogen, en su sección 6.14, el Programa de Habitabilidad de la sala de control. Su apartado d requiere la realización de las medidas de las presiones relativas entre la envolvente de la sala de control (CRE) y las zonas anexas con la finalidad de verificar que en el modo de funcionamiento de emergencia existe una presión positiva. Asimismo, requiere que se analice la tendencia de los resultados de estas medidas para emplearlo como parte de la comprobación periódica del límite del CRE. La central ha realizado dichas pruebas periódicas mediante el procedimiento de comprobación de caudales del sistema de ventilación y aire acondicionado y el mapa de presiones de la sala de control, comprobando que se obtienen valores aceptables, pero no ha efectuado la evolución de la tendencia de los resultados. Dado que el titular no ha realizado dicho análisis se incumple lo requerido por el programa de habitabilidad de la envolvente de la sala de control en las ETF. El hallazgo afecta a las dos unidades de la central.

Valoración de la importancia para la seguridad
En el momento de la inspección, el incumplimiento de este punto del programa de habitabilidad no tenía ninguna repercusión real, puesto que ya se había realizado una nueva prueba de medida de infiltraciones que aseguraba que eran inferiores a las establecidas. Durante la inspección, el titular manifestó que el análisis de tendencias se realiza por parte del responsable de la prueba pero no queda constancia documental del mismo por lo que se ha comprometido a realizar el análisis de tendencias requerido y documentarlo después de cada prueba de medida de presiones relativas. El hallazgo afecta al pilar de la seguridad de sistemas de mitigación y supone una deficiencia que no provoca la pérdida de función del sistema. Por ello, el hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 1083





Fecha de la inspección
23-10-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Implantación del sistema sísmico del sistema de protección contra incendios fuera del plazo requerido por una Instrucción Técnica Complementaria (ITC) del CSN

Descripción del incumplimiento
La Instrucción Técnica Complementaria (ITC) número 10, asociada a la autorización de explotación de la central y al cumplimiento de la Instrucción del CSN, IS-30, dispone que la implantación de un subsistema sísmico del sistema de Protección Contra Incendios (PCI) debía producirse antes del 14 de marzo de 2015. La inspección comprobó que la puesta en servicio del sistema se realizó el 29 de mayo de 2015 y su hoja de control de implantación se aprobó el 17 de junio de 2015. Por consiguiente, el titular ha incumplido la ITC-10 asociada a la autorización de explotación, modificada por el acuerdo del Consejo en su reunión plenaria de fecha 5 de febrero de 2014 y el artículo 3.4.8 de la Instrucción del CSN IS-30. El hallazgo afecta a las dos unidades de la central.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación en su atributo de disponer de sistemas fiables y seguros para hacer frente a los accidentes y evitar las consecuencias indeseadas. Para valorar la importancia para la seguridad del incumplimiento hay que tener en cuenta que la actuación de este sistema sísmico no fue requerida durante el periodo de incumplimiento y que existen medios portátiles en la central para dar cobertura a los requisitos de las ITC emitidas como consecuencia del accidente de Fukushima. Por ello, se considera que el sistema de protección contra incendios tuvo un nivel de degradación bajo y el incumplimiento tuvo muy poca significación para la seguridad, por lo que se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 1088





Fecha de la inspección
23-10-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Algunos miembros de la brigada contra incendios de la central no han realizado los simulacros requeridos

Descripción del incumplimiento
La Instrucción del CSN, IS-30, requiere, en su artículo 3.7.4, que cada miembro de la brigada de Protección Contra Incendios (PCI) realice, como mínimo, dos simulacros de incendios al año. Para dar cumplimiento a este requisito, el titular incluyó en el plan de formación de 2014, la realización de los simulacros de incendios, además de programar un simulacro adicional no anunciado para dar cobertura a otros requisitos de la mencionada Instrucción. Los simulacros programados no se efectuaron y, además, siete de los 30 miembros de la brigada tampoco realizaron el ejercicio no anunciado del mismo año. Se realizó, por otra parte, una práctica que incluía un entrenamiento que podría llegar a ser considerado como un simulacro, si bien esta práctica no fue llevada a cabo por dos de los 30 miembros de la brigada. De esta forma, en 2014, siete componentes de la brigada realizaron solo un simulacro mientras que un octavo no cumplimentó ningún ejercicio. El titular ha incumplido el artículo 3.7.4 de la Instrucción de Seguridad del CSN, IS-30 y su procedimiento denominado formación y entrenamiento del personal en la protección contra incendios, salvamento y equipos autónomos de respiración, del plan de formación de 2014. El hallazgo afecta a las dos unidades de la central.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en lo que se refiere a la disponibilidad de los equipos y sistemas para hacer frente a las consecuencias indeseadas de un accidente, en este caso un fuego, al no tener la absoluta seguridad de que la brigada de Protección Contra Incendios (PCI) de la central pueda cumplir sus funciones con éxito en el tiempo exigido en cada caso. Teniendo en cuenta la naturaleza del incumplimiento, no se puede hacer un análisis cuantitativo del incremento del riesgo que supone para la central el que unos componentes de la brigada contra incendios no hayan realizado todo el entrenamiento programado. Por ello, se ha realizado un análisis cualitativo del riesgo y se ha llegado a la conclusión, con la información disponible sobre la cualificación y el adiestramiento del mencionado equipo contra incendios, de que el riesgo asociado a esa falta de entrenamiento en varios miembros de una brigada que tiene 30 componentes es muy poco significativo y el hallazgo se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 1088





Fecha de la inspección
30-09-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Cierre de una condición anómala sin verificación de que las acciones correctoras se hubiesen ejecutado correctamente

Descripción del incumplimiento
En la inspección realizada el 22/09/15, el titular observó la existencia de degradaciones en unas protecciones pasivas de los tubos que protegen los cables eléctricos (conduits) en caso de incendio. Los cables estaban localizados en arquetas eléctricas de áreas exteriores de la central, próximas a cables de seguridad pertenecientes a los dos trenes. El titular analizó el suceso y determinó que el incidente se produjo debido a una deficiente instalación de dicha protección. Durante la instalación de la misma, el titular no realizó una supervisión de la aplicación correcta de la protección. El titular no realizó adecuadamente la supervisión del trabajo de aplicación de la protección pasiva, tal y como se indica en la guía de gestión sobre la actuación de los supervisores.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Teniendo en cuenta que como consecuencia del incumplimiento no se ha producido la perdida de una función de seguridad, ni de un sistema completo de seguridad o de un tren de un sistema de seguridad con una duración mayor que la permitida en las especificaciones de funcionamiento, el hallazgo tiene muy poca importancia para la seguridad y se categoriza como verde.   

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-03-2016

Acta 1070





Fecha de la inspección
30-09-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Retraso injustificado en la apertura de condiciones anómalas en válvulas y compuertas motorizadas

Descripción del incumplimiento
El 29/06/15, el titular abrió una entrada del Programa de Acciones Correctivas relativa al sobreconsumo de válvulas y compuertas motorizadas afectadas en el alcance del procedimiento sobre pruebas funcionales en dichas válvulas. En ella se indica que al realizar el cierre de algunas órdenes de trabajo de la recarga 22 (finalizada en diciembre de 2014), el titular observó que en algunas válvulas y compuertas la intensidad nominal registrada era superior a la intensidad nominal de placa, lo que estaba recogido como criterio de aceptación en el procedimiento. El titular declaró operables las válvulas y compuertas afectadas sin realizar la correspondiente evaluación de operabilidad. Dicha justificación de operabilidad se realizó en la Condición Anómala (CA) abierta posteriormente. En esta se indica que los componentes están operables en base a las capacidades de sobrecarga de los motores y los tiempos de actuación de los mismos. El titular incumplió con lo establecido en el procedimiento sobre tratamiento de las condiciones anómalas al no abrir la CA en los plazos requeridos, que son de un turno para la Declaración Inmediata de Operabilidad y de tres días para la Evaluación de Operabilidad.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de Sistemas de mitigación. Para valorar la importancia para la seguridad del hallazgo hay que tener en cuenta que no ha supuesto en ningún caso la pérdida real de la función de seguridad de todo un sistema de la central, ni de un único tren de un sistema de seguridad por un periodo mayor del permitido por las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF). Tampoco ha supuesto la pérdida de uno o más trenes no incluidos en las ETF pero considerados significativos para el riesgo en la regla de mantenimiento o frente a un suceso externo como un sismo, una inundación o un incendio. Por ello, el hallazgo tiene muy baja significación para el riesgo y se categoriza como verde. 

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-03-2016

Acta 1070





Fecha de la inspección
30-06-2015

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Retraso injustificado en la apertura de condiciones anómalas sobre las turbobombas de agua de alimentación auxiliar de las dos unidades

Descripción del incumplimiento
El 16/09/14, el titular analizó un informe de incidentes de operación ocurridos en otras centrales el año 2001, en el que se indicaba que el fabricante de las válvulas de parada de las turbo bombas de agua de alimentación auxiliar había suministrado una serie de vástagos fabricados en un material diferente al requerido por diseño. En el informe se recomendaba que si el número de serie de las válvulas instaladas en la central estaba en la lista de válvulas sospechosas se procediera a su sustitución en la próxima oportunidad de mantenimiento posible. De acuerdo con el análisis que realizó el titular, las válvulas de las dos turbobombas de Ascó estaban incluidas en la lista de válvulas sospechosas relacionada en el informe mencionado. Sin embargo, no consideró necesario abrir una condición anómala en la central y por lo tanto no evaluó si las turbobombas de agua de alimentación auxiliar estaban operables. Por otra parte, como acciones correctivas propuso la sustitución de los vástagos de las válvulas para las recargas de 2017 y 2018. El 17/04/15, a petición de la inspección, el titular abrió las condiciones anómalas para justificar la operabilidad de las turbo bombas de agua de alimentación auxiliar. Además se ha adelantado la sustitución de los vástagos de las válvulas para las recargas de 2015 y 2016. El titular ha incumplido lo establecido en el procedimiento de tratamiento de las condiciones anómalas, al no abrir de inmediato una condición anómala por la existencia en la central de las válvulas citadas y por lo tanto no evaluar si las turbobombas de agua de alimentación auxiliar estaban operables con esas válvulas.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Para valorar la importancia para la seguridad del incumplimiento hay que tener en cuenta que de la evaluación de operabilidad efectuada posteriormente se concluyó que las dos turbo bombas estaban operables a pesar de tener instaladas las válvulas sospechosas, lo que quiere decir que en ningún momento se perdió la función de seguridad asociada a las mismas. Por ello, el hallazgo se clasifica como muy poco significativo para el riesgo y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
25-09-2015

Acta 1070





 Pilar: Preparación para emergencias

Fecha de la inspección
30-06-2015

Pilar de seguridad
Preparación para emergencias

Importancia
Verde

Titulo
Retraso injustificado en la supervisión de la ejecución de un procedimiento de vigilancia

Descripción del incumplimiento
El día 07/05/15 el titular procedió a ejecutar el procedimiento de vigilancia de calibración de los canales de velocidad, dirección del viento y temperatura de la instrumentación meteorológica. El 27/05/15, 20 días después de su ejecución, tras un análisis de los valores de tolerancia dejados en las sondas de temperatura de la torre meteorológica, el titular descubrió que estos valores eran superiores a los establecidos en el mismo y declaró inoperable la torre meteorológica. El ejecutor dio por buena la prueba a pesar de que los criterios de aceptación del procedimiento no se cumplían. Esta situación pasó desapercibida al titular durante 20 días cuando el tiempo máximo de inoperabilidad de la torre meteorológica permitida por las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) sin tomar acciones es de 7 días. El titular ha fallado en no corregir una situación indeseada para la calidad de los equipos y sistemas dentro de los plazos establecidos por las ETF, debido a un retraso injustificado en la supervisión de la ejecución de los procedimientos de vigilancia.

Valoración de la importancia para la seguridad
El pilar afectado es el de preparación para emergencias y la función a la que aplica el incumplimiento es la de medios de respuesta ante una emergencia. El titular ha realizado un análisis en el que demuestra que los criterios de aceptación del procedimiento eran conservadores y que los lazos de instrumentación de temperatura siempre habían estado operables. Dado que la torre meteorológica realmente ha estado operable en todo momento, se considera que el hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
25-09-2015

Acta 1070





 Pilar: Protección radiológica ocupacional

Fecha de la inspección
31-12-2015

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Incumplimiento de Manual de Protección Radiológica y del procedimiento para dar de baja a un trabajador profesionalmente expuesto a la radiación

Descripción del incumplimiento
A un trabajador profesionalmente expuesto a la radiación (TE) se le dio de alta en el servicio de Protección Radiológica de la central nuclear de Ascó el 20/10/14 con motivo de que en la 22 recarga de la unidad II realizó trabajos en zona controlada los días 1 al 3/11/14. Al darle de alta como TE, se le realizó un control de contaminación interna tal y como está establecido en el Manual de PR de la central. Consta que se le dio de baja como TE el 28/01/15 a petición de su empresa que remitió una carta al SPR del titular. El titular de la central, siguiendo lo indicado en la carta tramitó la baja del TE, y cumplimentó en su carnet radiológico los apartados 3 (fecha de la baja) y el apartado 6.2 (dosimetría operacional). Sin embargo, no cumplimentó el apartado 6.1 que corresponde al valor de la dosis por contaminación interna del trabajador al no disponer de una medida actualizada. El titular previamente a dar de baja al trabajador como TE, debió realizarle una medida de la potencial contaminación interna en el contador de cuerpo entero. El no hacerlo supone un incumpliendo del apartado 8.3.3 del procedimiento del titular que establece que la oficina de dosimetría de la central cumplimentará los apartados 3, 6.1 y 6.2 del carnet radiológico en caso de baja de un trabajador profesionalmente expuesto a la radiación (TE). El titular de la central ha incumplido lo establecido en el Manual de PR y en el procedimiento de la central que establece que la oficina de dosimetría cumplimentará los apartados 3, 6.1 y 6.2 del carnet radiológico en caso de baja de un TE por no haberle realizado un control de contaminación interna al finalizar su trabajo en la central.

Valoración de la importancia para la seguridad
El incumplimiento afecta directamente al objetivo del pilar de seguridad de protección radiológica de los trabajadores que consiste en asegurar la adecuada protección de la salud y seguridad de los trabajadores por una exposición a la radiación procedente de materiales radiactivos durante la operación rutinaria de un reactor nuclear. Teniendo en cuenta que el hallazgo no es referente a un fallo de los programas ALARA, que no ha implicado una sobreexposición real ni potencial de ningún trabajador, ni implica una situación en la que ha fallado el sistema de determinación de dosis de la instalación, se considera que tiene muy poca significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
20-03-2016

Acta 1087







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