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Hallazgos
Hallazgos de Trillo (Trimestre 4 año 2022)

UNIDADESSucesos iniciadoresSistemas de mitigacionIntegridad de barrerasPreparación para emergenciasProtección radiológica ocupacionalProtección radiológica del públicoElementos Transversales
TrilloVerde (2) Verde (19) Verde (1) Verde (1) Verde (2) Sin hallazgosSin hallazgos

Trimestre 4
Año 2022
Sin hallazgosVerde (9) Sin hallazgospendiente (1) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 3
Año 2022
Verde (1) Verde (1) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 2
Año 2022
Verde (1) Verde (3) Verde (1) Sin hallazgosVerde (2) Sin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 1
Año 2022
Sin hallazgosVerde (6) Sin hallazgosVerde (1) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos

 Pilar: Sucesos iniciadores

Fecha de la inspección
30-09-2022

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Error en la ejecución de un procedimiento de vigilancia con caída de nivel en el presionador.

Descripción del incumplimiento
Durante la madrugada del 05/07/2022 la planta mantenía el control de nivel del presionador de acuerdo a su configuración habitual en operación normal, es decir, con una de las estaciones reductoras de alta presión actuada por el sistema de regulación de nivel del presionador y con una bomba de carga arrancada. A las 00:26, Operación comenzó a realizar el procedimiento de vigilancia sobre “Balance de fugas de las existencias de agua en el sistema de refrigeración del reactor”. En ese momento el nivel del presionador era de 7.53m. Al comienzo de la prueba, por parte del personal de operación se decidió poner en manual el control de la estación reductora de alta presión con el objetivo de mantener lo más estable posible el nivel en el presionador durante la prueba. En el procedimiento de prueba se indica explícitamente lo siguiente: “Si es necesario ajustar el nivel del presionador en manual, extremar las precauciones con vigilancia continua del parámetro del nivel del presionador. Verificar que queda en AUTO tras la toma de datos”. La prueba se dio por finalizada a las 02:39 con un nivel del presionador de 7.53m. Tras la prueba el operador no volvió a poner en AUTO el control de nivel del presionador y en torno a las 03:50 el nivel del presionador comenzó a descender. El sistema de regulación actúa cuando el nivel del presionador se encuentra por debajo o por encima de la curva de control de nivel. Así, cuando el nivel se sitúa en -0.2m del valor de consigna, el sistema de regulación envía la orden de cierre de la estación reductora en servicio y cuando el nivel baja de -0.5m envía la orden de arranque la segunda bomba de carga. Estas dos órdenes no progresaron ya que el sistema de regulación se había desactivado para controlar la estación reductora en modo manual. El nivel continuó cayendo por debajo de estos valores hasta que a las 04:26 se alcanzó el valor límite del sistema de limitación (-0.8 m respecto al nivel de consigna), arrancando por señal del sistema de limitación la segunda bomba de carga. A partir de ese momento comenzó a recuperarse el nivel del presionador.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hecho de no realizar adecuadamente todos los pasos recogidos en el procedimiento de prueba es un incumplimiento del mismo. Adicionalmente se incumpliría el Manual de garantía de calidad. El hecho de no ejecutar completamente el procedimiento aprobado supondría un incumplimiento del apartado 3 que indica que “Pruebas de Vigilancia Son las requeridas para cumplir con las “exigencias de vigilancia” asociadas a la “Condición Limitativa de Operación” de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento. Son programadas y controladas por la Oficina Técnica de Operación, para lo cual dispone de una base de datos informática, y ejecutadas por las diferentes Secciones de acuerdo con procedimientos aprobados en los que se incluyen los criterios de aceptación”. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Prácticas de trabajo y supervisión, ya que el operador no tuvo en cuenta de manera completa la documentación disponible, y el supervisor no realizó adecuadamente su trabajo de supervisar la prueba al no identificar el error cometido. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
Autorrevelado

Fecha de notificacion
19-01-2023

Acta 1025





Fecha de la inspección
18-07-2022

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Parada automática de turbina por superación de un criterio de aceptación en prueba

Descripción del incumplimiento
A las 18:04 horas del 18/06/2022, instantes después del acoplamiento tras la recarga, la central se encontraba con potencia térmica de 25.4 % y eléctrica de 30 MWe. En ese momento se activó la señal de protección a tierra del estator por corrientes de fuga superiores a su valor de tarado de 8mA. Esto supuso la parada automática de la turbina (TUSA) y la apertura del interruptor de generación. Estabilizada la planta, el titular se dispuso a investigar la causa de lo ocurrido revisando los valores de corrientes de fuga en vacío medidos con el nuevo interruptor de generación instalado en la recarga. Esta medida se realiza antes del acoplamiento en base a un procedimiento de “Pruebas eléctricas de parada y arranque de planta”. El titular comprobó que la corriente que se midió en vacío fue de 5.6mA, superior a los 3.2mA que históricamente se venían midiendo con el interruptor antiguo y asimismo significativamente superior al valor que se establece como criterio de aceptación en dicho procedimiento (aproximadamente el 50 % del valor de tarado del relé de protección que es de 8 mA, es decir 4 mA). Con este resultado el titular decidió continuar con el acoplamiento que posteriormente derivó en el TUSA. El aumento de la corriente de fuga con el nuevo interruptor de generación se debe a la disposición de dos paquetes de condensadores que el nuevo modelo tiene aguas arriba y aguas abajo del interruptor. Es por ello que al valor de corriente en vacío (5.6mA) hay que sumar la contribución de los condensadores situados aguas abajo y el resto de fugas generadas hasta el parque. Con estas contribuciones se superó el valor de tarado de 8mA del relé de protección generándose la señal de protección y el disparo de la turbina.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sucesos iniciadores cuyo objetivo es limitar la frecuencia de aquellos sucesos que desafían la estabilidad de la planta y demanda las funciones críticas de seguridad tanto durante la parada como en las operaciones a potencia. Se produjo un incumplimiento de los criterios de aceptación del procedimiento de “Pruebas eléctricas de parada y arranque de planta”, dando por bueno un valor que superaba ampliamente el indicado como adecuado. Como consecuencia de este comportamiento se produjo un disparo de turbina. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Toma de decisiones, ya que el titular toma la decisión no conservadora de continuar con el acoplamiento tras identificar una superación de un criterio de aceptación de prueba. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde, en base a que el disparo de turbina no acarreó el disparo del reactor y no se vieron afectados otros sistemas de seguridad.

Identificado por
Autorrevelado

Fecha de notificacion
03-11-2022




 Pilar: Sistemas de mitigacion

Fecha de la inspección
30-09-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Error en implementación y pruebas de una modificación de diseño del sistema de protección contra incendios.

Descripción del incumplimiento
El 12/07/2022 a las 12:35 horas, el titular declaró inoperables dos Puestos de Control y Alarma (PCA) que afectan a dos zonas de fuego ubicadas en la misma área de fuego de un cubículo que es una sala de cables. Operación aplicó una acción del Manual de Requisitos de Operación, que exige realizar una vigilancia horaria en cada zona con equipo de apoyo de extinción de incendios. El motivo de la inoperabilidad fue un error de asignación de los PCA a sus zonas de fuego. Ello provocaba que la activación de la detección en una zona generase la extinción automática en la otra y viceversa. El titular verificó que esta problemática no estuviera presente en el resto de salas del edificio (Este edificio cuenta con 16 salas de cables). El error de asignación en las PCA se produjo en la implantación de una modificación de diseño de 2016. Este se trasladó a toda la documentación incluyendo el Manual de Requisitos de Operación, las Fichas de Actuación en Incendio y los procedimientos de prueba.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sucesos iniciadores cuyo objetivo es limitar la frecuencia de aquellos sucesos que desafían la estabilidad de la planta y demanda las funciones críticas de seguridad tanto durante la parada como en las operaciones a potencia. El hallazgo supone un incumplimiento de los apartados Pruebas y del Puesta en servicio, del procedimiento Gestión de modificaciones de diseño ya que las pruebas realizadas tras la instalación de la modificación de diseño no tenían el alcance requerido para verificar el buen funcionamiento del sistema. Ello llevó a que la central operara inadvertidamente desde el 2016 con el sistema de extinción de las dos zonas de un área de fuego inoperables. El hallazgo tiene asociado el componente transversal “Identificación de problemas y áreas de mejora”, ya que tras la modificación de diseño el alcance de las pruebas no era el adecuado para verificar el buen funcionamiento del sistema. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde teniendo en cuenta la valoración cuantitativa de la probabilidad de extinción de incendio cruzada, y considerando la existencia de barreras cortafuegos en los conductos de ventilación, activadas por temperatura, que dificultarían su propagación a otras áreas de fuego.

Identificado por
Titular

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
29-11-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Modelización inadecuada en el Análisis Probabilista de Seguridad de incendios del fallo de la extinción automática activada por doble detección automática.

Descripción del incumplimiento
La Inspección revisó aspectos relacionados con el Análisis Probabilista de Seguridad (APS) de incendios, en particular, en relación con un área de fuego del edificio eléctrico. Durante la revisión documental y la visita a planta se identificó que el sistema de extinción en estas zonas de fuego se activa por detección automática. Este dispone de dos sistemas de detección que, hasta que no se activan, no se abren las válvulas para la actuación del sistema de extinción, que produce la inundación generalizada de cada zona”. Se identificó que, en el modelo incluido en el documento “Detección y Extinción”, se modela el fallo de la extinción automática en estas zonas de una forma que difiere de lo que realmente está implantado en la planta, lo cual conlleva a que la probabilidad de fallo a la extinción considerada en el modelo sea menor que la que realmente se ha de considerar. A este respecto, el titular ha emitido una acción correctiva para modificar los modelos en la revisión del análisis probabilista de seguridad de incendios actualmente en curso.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone el incumplimiento de los criterios definidos en la Guía Reguladora americana RG 1.200 y el estándar de APS en relación con el análisis de escenarios de incendios y la efectividad de los sistemas de detección. El titular no ha modelado correctamente la lógica de actuación de los sistemas de doble detección en el APS de incendios. El hallazgo tiene asociado el componente transversal “Identificación de problemas y áreas de mejora”, ya que este error de modelización había sido identificado previamente en la evaluación del APS de incendios de la central nuclear Almaraz, cuyo titular, es el mismo que el de planta de Trillo. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
31-12-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Fallo en el control de la configuración de la instalación.

Descripción del incumplimiento
Durante las inspecciones diarias realizadas a la sala de control, la Inspección residente (IR) identificó las siguientes deficiencias en el diario de operación: - Ausencia de registro de alineamientos en tren de seguridad: En la mañana del 22/12/2022, el titular decidió realizar las maniobras de alineamiento en exclusiva de la redundancia cuatro por la redundancia tres en los siguientes sistemas: agua de refrigeración esencial, inyección de baja presión e inyección de alta presión. El alineamiento en exclusiva se deshizo durante la mañana del 23/12/2022. Este segundo cambio de alineamiento no fue registrado en el diario de operación. - Declaración de operabilidad de un equipo inoperable: Tras un disparo de un generador diesel de salvaguardias, a las 17:30 horas del 19/10/2022, el titular declaró inoperable el medidor de temperatura. A la 01:57 horas, se registró en el diario de operación la recuperación de operabilidad del equipo y el componente, pero el medidor de temperatura continuaba fallado en bajo y por tanto inoperable. Esta sonda fue objeto posteriormente de dos alteraciones de planta: la primera suponía la instalación de una sonda más corta (que falló) y la segunda modificaba la posición del pocete al tramo vertical. La finalización de la segunda alteración de planta junto a las pruebas de operabilidad tuvo lugar el 19/11/2022.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento del procedimiento “Cumplimentación del libro de operación” que indica que en cada página del libro: “Se anotan cronológicamente todas las operaciones relevantes que se realizan durante el turno”. Las deficiencias de registro en el diario operación suponen una degradación en el control de la configuración de la planta. Este hallazgo es repetitivo ya que en el informe del primer trimestre del 2022 de la IR se recogía el hallazgo: Inadecuado registro de maniobras en el libro oficial de operación. El hallazgo tiene asociado el componente transversal “Prácticas de trabajo y supervisión”, ya que de manera repetitiva los jefes de turno no registran adecuadamente el estado de equipos de seguridad en el libro oficial de operación. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde. Se fundamenta en que durante los errores de control de configuración no se produjo demanda, descargo incorrecto ni fallo de los equipos implicados.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
14-09-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de condición anómala relacionada con el sistema de agua de alimentación de arranque y parada.

Descripción del incumplimiento
El sistema de agua de alimentación de arranque y parada (RR, por sus siglas en alemán) dispone de dos bombas que confluyen en un colector común a partir del cual se puede suministrar agua a cualquiera de los tres generadores de vapor. Este sistema estará operable si se puede aportar agua desde el depósito de agua de alimentación mediante una bomba de arranque y parada, al menos, a uno de los generadores de vapor. La Inspección comprobó en los registros de ejecución del procedimiento de vigilancia que verifican la operabilidad del sistema que el 17/09/2020 se había ejecutado esta prueba con el alineamiento habitual al generador de vapor 1. Con fecha 16/02/2021, tuvo lugar el suceso recogido en el Informe de Suceso Notificable (ISN), consistente en: "Transitorio de subida de nivel del generador de vapor YB10 durante el proceso de parada de la planta". En este incidente, se produjo el sobrellenado de dicho generador por fallo en el control de la válvula de bajas cargas y posterior fuga de otras válvulas del sistema. Este ISN obligó a la intervención sobre la válvula. El titular no abrió ninguna condición anómala para la realización de una determinación inmediata de operabilidad, ni repitió la prueba para otras líneas, tras este incidente con las válvulas, y continuó con el programa normal de ejecuciones hasta las correspondientes al 26/08/2021 y 06/09/2021. Durante la inspección el titular indicó que el suceso no ponía en duda la operabilidad de las otras líneas de inyección, así como que el problema asociado se trataba de un exceso de inventario en el generador de vapor y por lo tanto no cuestionaba la funcionalidad del sistema RR de aporte de agua para la refrigeración de los generadores. La Inspección considera que esto no es correcto, puesto que, debido al fallo de la válvula anteriormente indicada, no se podía concluir que el aporte de agua al generador 1 estuviera operable, al tener que ser aislado este camino de flujo con la posterior intervención sobre la válvula. Al ser aislado el camino de flujo hacia este generador, no había prueba de ejecución que respaldase la operabilidad de las otras líneas. La Inspección considera que esta situación operativa debería de haber sido analizada por el titular mediante la apertura de una condición anómala. Por otro lado, el fallo, la intervención o modificación de cualquier componente que sea necesario para la realización de un procedimiento de vigilancia, pone en duda que se mantengan las condiciones con las que se realizó el mismo. El titular debería haber realizado una determinación inmediata de operabilidad y concluir que el sistema estaba operable al garantizar caudal a los otros dos generadores de vapor. La situación real en que se encontraba el sistema era que la inyección al generador 1 había fallado y no se había comprobado la inyección a 2 y 3.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento de lo establecido en: - Manual de Garantía de Calidad: “Los trabajos serán realizados de forma programada y controlada, utilizando instrucciones, procedimientos y planos aprobados u otros medios apropiados (..)”. - Procedimiento “Determinación de operabilidad y condiciones anómalas de estructuras, sistemas o componentes”, ya que en la definición de “operable” se indica: “Para que un sistema, subsistema, tren, componente o dispositivo estéoperable es necesario que, en cualquier caso, se cumplan las Condiciones Límites de Operación y los requisitos de vigilancia aplicables”. El hallazgo tiene asociado el componente transversal “Toma de decisiones”, ya que el departamento de Operación no consideró todas las implicaciones del fallo de la válvula de bajas cargas al generador 1 . Este fallo cuestionaba la operabilidad del sistema, ya que el camino de flujo a dicho generador no estaba disponible y los otros dos caminos de flujo no habían sido probados dentro del alcance del procedimiento vigilancia aplicable. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
19-10-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Prueba de serpentín del sistema de ventilación del edificio diésel no realizada en plazo.

Descripción del incumplimiento
Durante una inspección se revisaron registros de varios requisitos de vigilancia y pruebas del sistema de ventilación del edificio diésel. Una de ellas es la de funcionalidad de los serpentines de las unidades climatizadoras relacionadas con la seguridad, que el titular ejecuta con el procedimiento correspondiente. El titular emitió este procedimiento a raíz de la Instrucción Técnica Complementaria 14 (ITC), de noviembre de 2014, que requiere “Realizar una prueba funcional, una redundancia cada año, de los serpentines de los sistemas”, entre los que lista los serpentines mencionados. En el momento de la inspección, la prueba correspondiente a 2022 no se había realizado todavía, pero estaba pendiente de ejecutarse antes de 2023. En el trámite del acta, el titular informó de que se había realizado el 30 de noviembre de 2022, con resultado aceptable. En cuanto a la prueba prevista en 2020, el titular indicó que fue retrasada hasta el 09/03/2021por la situación sanitaria derivada del COVID-19. Asimismo, destacó que se trataba de un caso excepcional y que encontraba razonable esta demora puntual, pues retrasos similares (en torno al 25%) son admitidos en pruebas asociadas a los requisitos de vigilancia de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento del apartado 1.c) de la instrucción técnica complementaria ITC-14, de las asociadas a la actual autorización de explotación, que establece “Realizar una prueba funcional, una redundancia cada año, de los serpentines de los sistemas”. El hallazgo no tiene asociado un componente transversal porque no se recopiló suficiente información durante la inspección para su determinación. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
31-12-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
No realización de valoración de operabilidad de equipo de seguridad degradado.

Descripción del incumplimiento
En la reunión del 20/12/2022 el titular informó a la Inspección Residente (IR) que sus auxiliares de operación llevaban unos días detectando una bajada de nivel en el indicador, de uno de los generadores diésel de salvaguardia, que mide el nivel del tanque de compensación del circuito de agua de refrigeración del motor 1 del generador diésel. En una revisión de los datos de las rondas de los auxiliares la IR comprobó que el titular repuso nivel en el depósito el 11/12/2022 y el 18/12/2022 y que la evolución de este, a partir del 14/12/2022, era claramente descendente. En las rondas de operación no se observó ningún charco. Esto, unido al descenso del nivel de agua en el circuito, era sintomático de una posible fuga interior, a pesar de lo cual el titular no realizó ninguna determinación de la operabilidad del motor. Durante la noche del 20/12/2022, un auxiliar comunicó al turno de sala de control que el nivel seguía bajando y el jefe de turno solicitó a química un análisis del aceite. Tras la obtención de valores anormalmente altos de agua en el aceite, decidió declarar el equipo inoperable. En verificaciones posteriores el titular comprobó que la fuga se producía a través de una bomba que descarga agua hacia el cárter. En la mañana del 29/12/2022, el titular emitió un Informe de Suceso Notificable. La decisión se tomó debido a que los análisis posteriores concluyeron que no se podía confirmar la operabilidad del diésel con el nivel de fuga identificado a través de la bomba.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento de la guía GE-45 Determinación de operabilidad y condiciones anómalas de Estructuras, Sistemas o Componentes (ESC) porque el titular no analizó la degradación de un equipo de seguridad mediante proceso de determinación de operabilidad. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Toma de decisiones, ya que el titular no actuó de forma conservadora al no valorar los potenciales daños del generador diésel tras la identificación de indicios que ponían en cuestión su operabilidad. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
14-09-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Deficiencias asociadas a la verificación de la operabilidad del circuito de lubricación de las bombas del sistema de agua de alimentación en arranque y parada.

Descripción del incumplimiento
Durante la inspección se solicitó al titular información sobre cómo se daba respuesta a lo requerido por la Condición Límite de Operación (CLO) de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) que establece que los circuitos de aceite y de refrigeración asociados a las bombas del sistema de agua de alimentación en arranque y parada (RR, por sus siglas en alemán) han de estar operables. La Inspección se centró en cómo el titular comprueba la operabilidad del circuito de lubricación, ya que en ninguno de los requisitos de vigilancia vigentes se hace mención explícita a este circuito. El titular explicó que, en las instrucciones del procedimiento de vigilancia, se comprobaba de forma implícita la operabilidad del circuito de lubricación, alegando como justificación que si existiera algún problema con dicho circuito el arranque de las bombas no se produciría. El titular aclaró que uno de los permisivos de arranque de las bombas requiere disponer de una presión del aceite de lubricación correcta y que el procedimiento de vigilancia incluye una instrucción que requiere al operador verificar que la bomba de aceite ha arrancado. En base a lo expuesto, la Inspección concluyó que el titular no realiza una verificación adecuada del circuito de lubricación de las bombas, en aras de verificar lo requerido por la CLO y en último término, la operabilidad de las bombas del RR. La verificación ligada a esta CLO debe realizarse dentro del ámbito de los procedimientos de vigilancia de la central, con el alcance y rigor que es requerido por la Instrucción de Seguridad del CSN, IS-32, sobre Especificaciones técnicas de Funcionamiento.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento de lo establecido en el Manual de Garantía de Calidad que dice: - “Se establecerá un programa de pruebas que asegure que se realizan todas las pruebas necesarias para demostrar que las estructuras, sistemas y componentes realizan correctamente su función. (…) Las pruebas serán realizadas siguiendo procedimientos escritos y aprobados, dichos procedimientos incluirán prerrequisitos, instrucciones técnicas y de seguridad, tipo de instrumentación a utilizar y criterios de aceptación, conformes con el diseño y las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento”. El hallazgo tiene asociado el componente transversal “Prácticas de trabajo y supervisión, evaluación de problemas y áreas de mejora”, al identificarse un tratamiento por parte del titular al sistema de agua de alimentación en arranque y parada menos riguroso que el aplicado a otros sistemas presentes en las ETF. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
14-09-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Procedimiento de vigilancia inadecuado para dar cumplimiento a un requisito de vigilancia de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento.

Descripción del incumplimiento
El sistema de agua de alimentación de arranque y parada (RR, por sus siglas en alemán) dispone de dos bombas que confluyen en un colector común a partir del cual se puede suministrar agua a cualquiera de los tres generadores de vapor. Este sistema estará operable si se puede aportar agua desde el depósito de agua de alimentación mediante una bomba de arranque y parada, al menos, a uno de los generadores de vapor. En base a esta redacción, el titular ha adoptado como práctica la prueba del sistema de RR inyectando a uno de los generadores de vapor, generalmente el generador de vapor 1 por facilidad operativa al encontrarse más accesible su panel de control en la sala de control. El titular confirmó que no disponía de un programa de prueba que vaya ciclando entre los tres generadores de vapor. De esta forma, el titular consideraba garantizado el cumplimento del requisito de la CLO. La Inspección indicó que la prueba debería realizarse para comprobar los caminos de flujo de los tres generadores de vapor ya que, en caso de hipotético accidente, podría verse afectado cualquier generador de vapor. Esto sería independiente de considerar que el sistema RR estuviera operable, siendo capaz de aportar el caudal de agua requerido a uno solo de los generadores de vapor. La inclusión del sistema RR en las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) data de 2014 por el criterio de importancia para el riesgo, según la Instrucción IS-32 del CSN. En esta circunstancia, la Inspección consideró que el escenario más cercano para evaluar los requisitos sobre el sistema RR, debía ser lo modelado en el APS de la central, que considera los caminos de aporte de agua disponibles a los tres generadores (con sus respectivas probabilidades de fallo); si bien el criterio de éxito contempla la inyección a uno sólo de los generadores, el resto de ellos deben estar disponibles. Ello implica el tener que probar los tres caminos de inyección en la misma prueba, que es de frecuencia anual, y que no probar la disponibilidad de los tres generadores de vapor, no sería coherente con lo modelado en el Análisis Probabilista de Seguridad (APS). El titular indicó que desde el punto de vista del APS considera probados una vez al año los caminos de inyección a los tres generadores de vapor, mediante el sistema RR, durante la parada/arranque asociada a la recarga, ya que en estos casos la inyección se realiza de forma efectiva a los tres generadores de vapor. Sin embargo, esta demostración no se hace en el contexto de una prueba periódica de vigilancia, sino en el contexto de los procedimientos de operación normal (arranque y parada).

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento de lo establecido en el Manual de Garantía de Calidad al no demostrarse con la prueba, que se cumplen los supuestos de partida modelados en el análisis probabilista de seguridad, El texto aludido del manual dice: “Se establecerá un programa de pruebas que asegure que se realizan todas las pruebas necesarias para demostrar que las estructuras, sistemas y componentes realizan correctamente su función. (…) Las pruebas serán realizadas siguiendo procedimientos escritos y aprobados, dichos procedimientos incluirán prerrequisitos, instrucciones técnicas y de seguridad, tipo de instrumentación a utilizar y criterios de aceptación, conformes con el diseño y las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento”. El hallazgo tiene asociado el componente transversal “Evaluación de problemas y áreas de mejora”, al no tener en cuenta el titular la configuración y requisitos modelados en el análisis probabilista de seguridad, que fueron la base para la inclusión de este sistema en las Especificaciones técnicas de funcionamiento. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
19-10-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Errores en los registros del requisito de vigilancia asociado al balance de caudales del sistema de ventilación del edificio de los generadores diésel.

Descripción del incumplimiento
El sistema de ventilación del edificio diésel cuenta, entre otros equipos relacionados con la seguridad, con cuatro unidades climatizadoras, cada una del 100% de capacidad. Estas unidades disponen de un ventilador y de un serpentín agua-aire alimentado con agua fría y su función de seguridad es la refrigeración de dos salas en cada redundancia: la de mando de los diésel y la galería diésel-eléctrico, a las que impulsa el aire frío y desde las que se retorna de nuevo al equipo mediante conductos. Uno de los requisitos de vigilancia de las Especificaciones Técnicas de Funcionamineto, pide comprobar, al menos cada año, el balance de una de las unidades climatizadoras, esto es, que los caudales que llegan a las dos salas son adecuados para la carga térmica postulada. En el procedimiento de vigilancia, se establecen los criterios de aceptación para la galería y sala de mando, que constituyen el 90% de los caudales nominales. La Inspección revisó los registros de las dos últimas ejecuciones del procedimiento de cada redundancia e identificó errores en ocho registros. Estos estaban asociados a los cálculos del titular para obtener los caudales a partir de las medidas de velocidad tomadas en los conductos. Entre los errores encontrados se identificó que no quedaban registrados algunos de los instrumentos utilizados en la prueba; en el caso de los registros en los que se mencionaba el anemómetro y el barómetro, no se incluyeron los archivos completos.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento de los siguientes apartados del Manual de Garantía de Calidad: - “Control de procesos de explotación”, que indica: “Las pruebas serán realizadas siguiendo procedimientos escritos y aprobados”. Además: “Las pruebas serán realizadas por personal debidamente entrenado, siguiendo procedimientos aprobados y utilizando instrumentación calibrada.” - “Control de documentos y registros”, que indica: “Los documentos se deben presentar al Archivo legibles, completos e identificando las actividades o elementos con los que están asociados”. El hallazgo tiene asociado el componente transversal “Prácticas de trabajo y supervisión”, ya que los errores identificados tienen su origen en unas prácticas de trabajo en las que no hay una aplicación rigurosa de las instrucciones, valores utilizados como inputs y ecuaciones de los procedimientos de prueba. También se podían haber evitado estos errores con una adecuada supervisión de los trabajos y verificación de los registros de prueba. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
30-09-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Inadecuada gestión de acciones en el programa de acciones correctivas

Descripción del incumplimiento
El 13/07/2022 el titular confirmó que estaba fallado el canal de reserva de un medidor de temperatura de agua de refrigeración del motor 2 de uno de los 4 generadores diésel de salvaguardia. El canal principal estaba fallado desde el 07/06/2022. El instrumento fue declarado inoperable a las 14:20h del día 13. Tras la inoperabilidad del medidor, el 22/07/2022 el titular celebró un Comité de seguridad nuclear extraordinario para aprobar la revisión 4 de la condición anómala asociada a la fiabilidad reducida de las sondas de temperatura de los motores diésel de salvaguardia. En la revisión se incluía un conjunto de acciones propuestas en su programa de acciones correctivas, entre las que se incluían las siguientes: - Implantación de la solución acordada tras los análisis de las acciones anteriores (configuración y análisis vibracional) en la redundancia 2 o 4 para verificar la mejora de la fiabilidad de la alternativa. - Analizar la viabilidad y las acciones requeridas para incluir la señal generada por el instrumento, en la lógica de disparo por alta temperatura de agua de refrigeración de camisas de los motores diésel. La primera acción tenía fecha de cierre el 30/09/2022, si bien la Inspección Residente confirmó que, a día 10/10/2022, la acción seguía abierta y por tanto ni se había resuelto ni se había replanificado. Transmitida la situación al titular, este manifiesta que la replanificaría. En una revisión independiente realizada el 24/10/2022 indicaba en el campo Fecha reprogramada de cierre el 30/09/2022, es decir, se mantuvo erróneamente la fecha inicial, ya pasada. La acción continuaba caducada y sin resolver. La segunda acción se cerró mediante un comunicado que proponía dos alternativas para incluir la señal generada por el instrumento en la lógica de parada automática por alta temperatura de agua de refrigeración de camisas de los motores diésel, con fecha 30/09/2022. La Inspección Residente comprobó que el informe se firma por el jefe de ingeniería el 05/10/2022. Esto supone que la acción se cerró cinco días antes de que el informe estuviese aprobado.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. La Inspección Residente ha comprobado que algunas de las acciones del programa de acciones correctivas, derivadas de la condición anómala de pérdida de fiabilidad de las sondas de temperatura de los generadores diésel de salvaguardias, no se han gestionado adecuadamente. Se ha observado el cierre de acciones con referencia a informes en proceso de validación, replanificaciones incorrectas de fechas de cierre y el mantenimiento de acciones abiertas con fechas caducadas. Estas situaciones suponen incumplimientos de lo recogido en el procedimiento de la planta sobre “Sistema de gestión de acciones SEA-PAC”. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Resolución de problemas y áreas de mejora, al identificarse una inadecuada gestión de las acciones derivadas de una no conformidad. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde, en base al hecho de que los equipos con problemas de fiabilidad (los generadores diésel de salvaguardias) asociados a las acciones se mantuvieron operables excepto en las situaciones de sustitución programada.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
26-01-2023

Acta 1025





Fecha de la inspección
10-12-2021

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
No apertura de no funcionalidades de equipos recogidos en el Manual de requisitos de funcionalidad

Descripción del incumplimiento
Durante una inspección se revisaron los siguientes trabajos desde el punto de vista de apertura de “no funcionalidades”, detectándose las siguientes desviaciones: - Orden de trabajo que indica “Bloqueada pantalla HVAC del CAGE. No se puede acceder. Arreglar”. El estado del equipo indica “Pantallas de operación con usuario bloqueados (Todos)”, y en las acciones correctivas “Se vuelve a cargar el software de los sistemas de control. Desactivada opción de bloqueo por error de password” ya que la causa de la anomalía fue “Bloqueo por error al introducir los password”. El sistema de ventilación del Centro Alternativo de Gestión de emergencias (CAGE) está requerido funcional en el Manual de Requisitos de Funcionalidad de Equipos de Gestión de Daño Extenso. El titular no abrió no funcionalidad del sistema HVAC por pérdida de la pantalla de acceso al mismo. - En la “Prueba Periódica de la Ventilación del CAGE” del 30/04/19: indica para la compuerta UV86S303 “PT 1027280. No recibe retroaviso”. El titular da por satisfactoria la prueba, pero abrió una No- conformidad, el 02/05/19, “V/UV86S303 no recibe retroaviso”. El titular no abrió no funcionalidad asociada, a pesar de que esta válvula es requerida para la funcionalidad de la ventilación del CAGE, - Orden de trabajo relativa una bomba diésel portátil: “Junta en mal estado de la tubería de aspiración de la UJ00D002”. El estado del equipo señala “junta tórica cierre manguerote aspiración UJ00D002, mordida en mal estado” y en acciones correctivas “desmontar junta tórica aspiración UJ00D002” y montar nueva junta. El titular emitió no funcionalidad. - Orden de trabajo relativa a una bomba diésel portátil: “junta en mal estado” siendo la acción correctiva “se cambia junta”. El titular no emitió no funcionalidad. - La gama de “Revisión de ruedas del remolque” de frecuencia 6M no se cumplió en los casos varias ocasiones. La cabeza tractora es requerida funcional en el Manual de requisitos de funcionalidad de operación, pero el titular no abrió no funcionalidades.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento del Manual de requisitos de Funcionalidad de equipos de gestión de daño extenso en los siguientes apartados: - Definiciones: funcional/funcionalidad: Un sistema, equipo o estrategia está funcional, o tiene funcionalidad, cuando es capaz de realizar su función designada o pretendida. Implícito en esta definición está el supuesto de que toda la instrumentación necesaria, así como otro equipo auxiliar asociado, requerido es también capaz de realizar su(s) respectiva(s) función(es) de apoyo. - Instrucciones. “Causas que pueden originar una no-funcionalidad: - Que un equipo o sistema esté en descargo o fuera de servicio. - Malfunción o fallo del equipo o sistema. El hallazgo no tiene asociado ningún componente trasversal. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
03-11-2022




Fecha de la inspección
10-12-2021

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Errores en pruebas y mantenimientos de los recombinadores autocatalíticos pasivos

Descripción del incumplimiento
En la revisión del proceso de gestión de los recombinadores autocatalíticos pasivos (PAR) la Inspección detectó los errores en el procedimiento “Prueba de los recombinadores autocataliticos pasivos del XP40”, errores en la ejecución del mismo y errores de mantenimiento que se relacionan a continuación. Errores en el procedimiento de prueba: - Ausencia de criterios de aceptación para las placas inspeccionadas y criterios de actuación para el resto de placas en función de los resultados de las inspeccionadas. - No existe criterio de aceptación asociado al número de placas no aceptables en un PAR considerando el margen respecto al diseño del PAR/análisis en accidente. - Ausencia de criterios de aceptación para el examen visual de la lámina catalítica. Errores en mantenimientos, entre otros identificados en el acta de inspección: - 09/06/14. El titular durante la ejecución del procedimiento en el año 2014, para uno de los recombinadores detectó que dos de las láminas se encontraban deterioradas, pero no procedió a sustituirlas, posponiendo dicho cambio a la siguiente recarga de 2015. El titular no abrió acción en el programa de acciones correctivas, ni condición anómala. - 18/05/15. El titular cambió tres láminas en el recombinador. El titular no abrió acción en el programa de acciones correctivas, ni condición anómala.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hecho de que el procedimiento no cuente en algunos casos concretos, con criterios de aceptación supone un incumplimiento del Manual de garantía de calidad. El titular detectó en varias situaciones placas degradadas y no abrió incidencia alguna al respecto, lo que supone un incumplimiento del procedimiento de planta relativo a “Sistema de gestión de acciones”. El titular no realizó una evaluación de funcionalidad en 2014 cuando encuentra láminas deterioradas, deformadas o mal insertadas y pospone el mantenimiento un año sin evaluar el efecto de láminas deterioradas. Esto supone un incumplimiento del procedimiento de planta sobre “Determinación de operabilidad y condiciones anómalas de estructuras, sistemas o componentes” El hallazgo tiene asociado el componente transversal Toma de decisiones, ya que, ante los errores detectados, el titular no tomó las decisiones siguiendo los procesos sistemáticos de órdenes de trabajo, Programa de acciones correctivas o condiciones anómalas con los que cuenta Trillo. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
03-11-2022




Fecha de la inspección
18-07-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Realización de pruebas y alteraciones en equipos de seguridad sin procedimiento de prueba debidamente aprobado y sin la correspondiente aprobación previa del Comité de seguridad nuclear de la central

Descripción del incumplimiento
Durante la subida de carga después de la parada por recarga, antes de entrar en el estado operativo 3, se detectó una fuga por una válvula de aislamiento entre el sistema de refrigerante del reactor y el sistema de inyección de seguridad. Como consecuencia se detuvo la subida y se procedió a reducir presión en el primario para investigar las causas, realizando el descargo para desmontar la válvula. Como medida correctora se colocaron unas arandelas de expansión para permitir un mejor ajuste de cierre del obturador. Realizada esta operación se comprobó que la válvula abría y cerraba en todo su recorrido y se procedió a cuantificar la fuga, que resultó ser menor a la considerada como aceptable, por lo que se decidió reiniciar la subida de carga. Posteriormente, estando la planta en estado operativo 2, se detectó una segunda fuga en la otra válvula de aislamiento de la misma redundancia entre el sistema refrigerante del reactor y el sistema de inyección de seguridad). Se actuó de la misma manera que con la anterior válvula. Para llevar a cabo estas actividades el titular empleó un documento que no tiene rango de procedimiento o de orden al turno, no está firmado por ningún responsable y, por lo tanto, no hay constatación de que las maniobras en él descritas estén debidamente analizadas en su significación para la seguridad, ni revisadas por personal responsable de ello. Por otra parte, la alteración de planta que se realizó, consistente en la “Instalación de dos arandelas en posición 3.4 de plano 20425830-1 para mejora de la compresibilidad de las cuñas posición de la válvula TH53S001” fue instalada antes de ser aprobada en el Comité de seguridad nuclear de la central (CSNC) correspondiente. El departamento de operación realizó en varios turnos pruebas sobre equipos de seguridad, como son las dos válvulas citadas en el apartado anterior para verificar el cumplimiento de su función recogida en las especificaciones técnicas de funcionamiento. El hecho de que el titular procediera a realizar esas comprobaciones sin que dichas maniobras estuvieran soportadas por un documento de prueba formal analizado y revisado es un incumplimiento.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hallazgo supone un incumplimiento de: - Manual de garantía de calidad. En el apartado 4. “Control de procesos de explotación” se indica, sobre los programas de pruebas en estructuras, sistemas y componentes que “Las pruebas serán realizadas siguiendo procedimientos escritos y aprobados, dichos procedimientos incluirán prerrequisitos, instrucciones técnicas y de seguridad, tipo de instrumentación a utilizar y criterios de aceptación, conformes con el diseño y las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento”. - Procedimiento sobre “Control de las alteraciones de planta” que indica que “Las Alteraciones de Planta sobre sistemas de seguridad serán revisadas por el Comité de Seguridad de la Central y aprobadas por el director de la Central. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Toma de decisiones ya que el titular no tomó decisiones conservadoras destinadas a detener la instalación de la Alteración de Planta hasta obtener la aprobación del CSNC y a desarrollar un procedimiento formal de pruebas. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
03-11-2022




Fecha de la inspección
28-09-2021

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ejecución de órdenes de trabajo con campos de primer nivel sin especificar.

Descripción del incumplimiento
La Inspección realizó una revisión de la modificación de diseño relativa al “Sistema de control de configuración alta de datos de clasificación”, cuya finalidad es identificar y corregir las discrepancias entre la base de datos de mantenimiento y la base de datos del sistema de control de configuración. Esta última contiene la información de clasificación de los equipos. El titular había detectado que, en la base de datos de mantenimiento, se habían ejecutado numerosas órdenes de trabajo sobre elementos de la central que no especificaban en el campo correspondiente, si se estaba actuando sobre elementos relacionados con la seguridad o si a estos elementos les correspondía algún tipo de calificación sísmica o ambiental. El titular indicó que la base de datos a la que se debe dar crédito frente a la de mantenimiento, es la del Sistema de control de configuración desarrollada para las actividades de ingeniería. Sin embargo, la Inspección comprobó que la base de datos de mantenimiento se sigue utilizando para otras actividades cuando están relacionadas con mantenimiento: emisión de gamas de preventivo y correctivo y de procedimientos de vigilancia, compra de elementos por reposición, aspectos relacionados con la inspección en servicio y listados de equipos). El titular descartó un posible impacto en la seguridad sobre el proceso de gestión de órdenes de trabajo y la ejecución de los mismos, en base a que las acciones que identifica la orden de trabajo (aunque alguno de los campos de una orden de trabajo determinada esté vacío), se realizan de acuerdo con los procedimientos de planta y con los requisitos de garantía de calidad aplicables. Indicó que, como medida compensatoria para los mantenimientos, hasta la plena implantación de la modificación de diseño, se han reforzado los controles para que en caso de que el campo de primer nivel (relacionado con la seguridad, calificación sísmica y ambiental) apareciera vacío, mantenimiento debe asegurar la calidad del trabajo como si se trabajase con equipos de seguridad. Sin embargo, esta medida compensatoria no está documentada ni procedimentada. El titular añadió que, en caso de duda, Mantenimiento consultaría a Ingeniería, pero tampoco se pudo mostrar un documento donde se reflejasen estas consultas. Por último, la central transmitió a la Inspección que dejar un campo en blanco significa que está pendiente su clasificación y que no supone la ausencia de requisitos o que ese campo tenga el valor más bajo.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. Los hechos descritos suponen el incumplimiento de la Instrucción del Consejo IS-26 “Requisitos básicos de seguridad nuclear aplicables a las instalaciones nucleares” que dice: “Se establecerá un proceso de control de los documentos y registros” y de la Instrucción del Consejo IS-19 “Requisitos del sistema de gestión de las instalaciones nucleares” que, establece: “Se identificará cada producto con el fin de asegurar su uso apropiado. Cuando la trazabilidad sea un requisito, se deberá controlar y registrar la identificación asignada a cada producto, que será única e inequívoca durante su ciclo completo de vida”. El hallazgo tiene asociado el componente trasversal Resolución de problemas y áreas de mejora,ya que estando identificada y evaluada la problemática, el titular no dedicó los recursos suficientes para la implantación de las acciones necesarias. El Comité de Categorización de Hallazgos) celebrado el 07/04/2022 acordó categorizar la ejecución de órdenes de trabajo con campos de primer nivel sin especificar, como hallazgo de color verde, de muy baja importancia para la seguridad.

Identificado por
CSN




Fecha de la inspección
31-03-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de procedimiento requerido en especificación técnica de funcionamiento.

Descripción del incumplimiento
Durante una revisión documental, la Inspección residente identificó que en una Especificación Técnica de Funcionamiento administrativa se recoge lo siguiente:  “El personal de turno estará sometido al régimen de la norma administrativa correspondiente a la organización y funcionamiento de los turnos. Con el fin de evitar que dicho personal realice un número excesivo de horas se cumplirán los siguientes criterios: 1. No se permitirá trabajar a una persona más de 16 horas seguidas, excluyendo el tiempo de cambio de turno. 2. No se permitirá a una persona trabajar más de 16 horas en un período de 24 horas, ni más de 24 horas en un período de 48 horas, ni más de 72 horas en una semana, excluyendo el tiempo de cambio de turno. 3. El descanso mínimo garantizado entre períodos de trabajo será al menos de 8 horas, incluyendo el tiempo de cambio de turno”.  La transgresión de estos requisitos puede ser autorizada excepcionalmente por el director de la central, de acuerdo con procedimientos establecidos. En relación con el último párrafo, la Inspección Residente confirmó que el titular no dispone de los procedimientos establecidos que permitan gestionar la excepcionalidad que contempla la especificación técnica de funcionamiento. Esta situación fue comunicada al titular el 13/01/2022. El titular manifestó en los comentarios al acta que procedería a revisar el procedimiento sobre “Normas administrativas de organización y funcionamiento del personal en régimen de turno” para contemplar lo indicado en la especificación administrativa mencionada. Estos comentarios se recibieron en el CSN el 27/04/2022, casi tres meses después de la comunicación de la desviación.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hecho de no disponer de un procedimiento que la Especificación Técnica de Funcionamiento requiere para la gestión de situaciones excepcionales que pudieran desviarse de lo previsto en ella es un incumplimiento. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Recursos. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde, en base a que la inspección residente ha realizado un seguimiento de los turnos sin identificar ninguna superación de los tiempos definidos en la norma administrativa.

Identificado por
CSN




Fecha de la inspección
30-11-2021

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Retraso en notificar un suceso notificable, según la IS-10.

Descripción del incumplimiento
El 12/05/2021 se identificó un error en la definición de un descargo emitido para trabajos de mantenimiento correctivo en una bomba del sistema de evacuación de calor residual tras haberse identificado una fuga por el sello. El descargo incluía innecesariamente el circuito de sellos de la bomba de refrigeración de emergencia de la Piscina de Combustible Gastado (PCG) del mismo tren y ello implicaba que se declarase inoperable el tren correspondiente de emergencia de refrigeración de la PCG. En el momento en que se produce esta declaración de inoperabilidad, se encontraba fuera de servicio el otro tren de emergencia de refrigeración de la PCG. En esta situación, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento, referidas al subsistema de refrigeración de la PCG, a partir del momento del descubrimiento de la situación y al encontrarse las dos bombas de refrigeración inoperables, se debe de recuperar inmediatamente uno de los trenes. La central emitió el informe de suceso notificable a las 14:30 horas del 12/05/2021, notificando el suceso por el criterio D3 según la instrucción IS-10 del CSN "situación no permitida por las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento". La Inspección indicó que, de acuerdo con la IS-10, los sucesos categorizados como D3 deben notificarse al CSN en un espacio de una hora. La notificación del suceso se produjo seis horas después de la identificación del mismo. Trillo dispone del procedimiento interno “Comunicaciones a realizar con la administración”, que define claramente las responsabilidades y metodología a seguir para cumplir con los requisitos de la instrucción IS-10, incluyendo los plazos aplicables según las distintas categorías de sucesos notificables. El retraso de la notificación al CSN por D3 se puede explicar por una falta de adherencia al procedimiento interno mencionado.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. Se incumple lo establecido en el procedimiento de “Comunicaciones a realizar con la Administración” donde se establecen los criterios de notificación de sucesos al Consejo, y concretamente en lo que se refiere la notificación en plazo del criterio D.3 (“Cualquier operación o condición no permitidas por las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento de la central”) establecido en la Instrucción del CSN IS-10. Teniendo en cuenta que el plazo de notificación es de una hora para sucesos categorizados como D.3 y no formar parte de las excepciones listadas en la instrucción, la notificación del suceso se produjo con un retraso de cinco horas. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Prácticas de trabajo y supervisión, ya que una vez detectada la inoperabilidad de los dos trenes de refrigeración de emergencia de la PCG no se cumplió con el procedimiento interno de notificación al CSN, lo cual puede ser consecuencia de un inadecuado sistema de prácticas de trabajo y de supervisión en la central. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN




Fecha de la inspección
31-03-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Inadecuado tratamiento de alarma repetitiva en el almacenamiento temporal individualizado de contenedores

Descripción del incumplimiento
Durante los días 21 y 22 de enero de 2022 apareció de forma intermitente, pero mantenida una alarma que se activa por señales procedentes del Almacenamiento Temporal Individualizado (ATI) y puede ser enviada desde diversos sistemas. Como su origen no se puede discriminar desde sala de control principal, el Manual de Operación de Trillo pide, entre otras medidas, desplazarse a la sala de control del almacén de contenedores para determinar su procedencia. Desplazado el personal al ATI, el titular comprobó que el origen de la alarma era debido al fallo de la baliza de radiación neutrónica de área. El titular decidió entonces limitar a una vez por turno la comprobación en el ATI cuando la alarma continuaba apareciendo de forma repetitiva y mantenida. La señal de malfunción dejó de aparecer el 22/01/2022. El departamento de Protección Radiológica realizó una verificación del buen funcionamiento de la baliza sin identificar ninguna discrepancia.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. El hecho de que el titular decidiera limitar a una vez por turno el desplazamiento al ATI cuando la alarma estaba apareciendo de manera repetitiva y mantenida supone un incumplimiento de la medida asociada a la alarma del Manual de Operación Aplicable, en el cual se indica que se ha de desplazarse a la sala de control del almacén de contenedores para determinar la causa de la alarma y revisar tanto el panel como el ordenador de supervisión de los monitores de radiación. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Toma de decisiones, ya que ante un fallo de instrumentación que podría enmascarar la detección en sala de control de otra posible mal función en el ATI. El titular tomó la decisión de limitar a una vez por turno la verificación en campo de la ausencia de otra posible discrepancia desviándose de lo previsto en el manual de operación y sin un análisis justificativo que soportase dicha decisión. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde porque no se produjo ningún otro fallo que pudiera haberse visto enmascarado por la alarma asociada a la baliza.

Identificado por
CSN




Fecha de la inspección
31-03-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Procedimiento de condiciones meteorológicas adversas incompleto.

Descripción del incumplimiento
La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) tiene fijado para la zona del emplazamiento de la central el umbral de -6ºC para activar el aviso amarillo por bajas temperaturas. El 28 de enero de 2022 AEMET activó el aviso por heladas intensas en la provincia de Guadalajara. El titular no aplicó el procedimiento “Actuaciones a realizar para condiciones meteorológicas adversas”. En dicho procedimiento se definen fuertes heladas como aquellas que pudieran provocar congelación en equipos y/o sistemas que se encuentran a la intemperie, que son importantes para la seguridad. Su aplicación queda a juicio del jefe de turno, ya que no se indican temperaturas umbral a partir de las cuales comenzar su ejecución. Las acciones definidas para fuertes heladas son: - Comprobar el correcto funcionamiento de los circuitos de trazado eléctricos. - Realizar una comprobación de la integridad del aislamiento térmico de tuberías que se encuentran a la intemperie. - Realizar con mayor frecuencia inspecciones (al menos dos veces durante el turno) realizadas por los auxiliares en los sistemas que se encuentran a la intemperie. - Es necesario incorporar al personal del retén de emergencia. El hecho de que el procedimiento mencionado no disponga de criterios claros para su aplicación en condiciones de bajas temperaturas dio lugar a que en una semana de muy bajas temperaturas en la que AEMET llegó a declarar condiciones de alerta amarilla no se aplicasen las medidas establecidas para fuertes heladas. La redacción incompleta de un procedimiento de seguridad es un incumplimiento del apartado 5 “Instrucciones” del procedimiento “Gestión Documental” al no describir claramente cómo se debe llevar a cabo una actividad o proceso.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. La redacción incompleta de un procedimiento de seguridad es un incumplimiento del apartado 5 “Instrucciones” del procedimiento de la central “Gestión Documental” al no describir claramente cómo se debe llevar a cabo una actividad o proceso. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Recursos, ya que el titular no dispone de procedimientos de seguridad con la calidad suficiente para hacer frente a posibles contingencias derivadas de condiciones meteorológicas adversas. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde porque el hallazgo no ha afectado a la función de seguridad de los equipos y su justificación se basa en que durante los días de fuertes heladas no se observó el fallo de ningún equipo de seguridad demandado.

Identificado por
CSN




Fecha de la inspección
31-03-2022

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Inadecuado registro de maniobras en el libro oficial de operación

Descripción del incumplimiento
Durante las distintas revisiones del libro de operación, la Inspección residente observó que algunas maniobras de equipos relacionados con la seguridad no estaban adecuadamente registradas. El 25/03/2022, durante el mantenimiento sobre el diésel de la redundancia 3, el titular se vio obligado a realizar el alineamiento en exclusiva de la redundancia 4 por redundancia 3 entre la 01:05 y las 03:00 horas. Estas maniobras están registradas en el libro oficial de operación. Finalizados los trabajos el titular decidió deshacer los alineamientos en exclusiva de la redundancia 4 en torno a las 12:00 h. El jefe de turno no recogió estas maniobras en el libro de oficial de operación. En trimestres anteriores también se han observado deficiencias en la adecuada cumplimentación del libro de operación. Entre ellas, el 08/07/2021 apareció la alarma de alta temperatura en la piscina del agua de alimentación auxiliar, redundancia 1 y Operación procedió a declarar su inoperabilidad. En torno a las 18:20 horas Operación realizó el alineamiento en exclusiva de la redundancia 4 del sistema como redundancia 1. El jefe de turno no registró este alineamiento en el libro oficial de operación.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de los sistemas de mitigación, que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, fiabilidad y capacidad de los sistemas que responden a sucesos iniciadores para evitar consecuencias indeseadas. La inadecuada cumplimentación del libro de operación al no registrar alineamientos de equipos de seguridad, supone el incumplimiento del procedimiento “Cumplimentación del libro de operación”. Más concretamente, el procedimiento indica que en el apartado “Descripción” de cada hoja del libro se deben anotar cronológicamente todas las operaciones relevantes que se realizan durante el turno. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Prácticas de trabajo y supervisión, ya que de manera repetitiva los jefes de turno no registran adecuadamente las maniobras de alineamiento en el libro de operación. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde, porque los sucesivos errores en los registros del libro no han supuesto la pérdida real de la función de los sistemas implicados.

Identificado por
CSN




 Pilar: Integridad de barreras

Fecha de la inspección
10-12-2021

Pilar de seguridad
Integridad de barreras

Importancia
Verde

Titulo
Retrasos no justificados en la apertura de condición anómala sobre la ventilación del Centro Alternativo de Gestión de Emergencias

Descripción del incumplimiento
Durante las pruebas de puesta en marcha del sistema de ventilación del Centro Alternativo de Gestión de emergencias (CAGE) de 2016, para la prueba de estanqueidad de las unidades de filtración del sistema de ventilación del CAGE, el titular obtuvo unos valores de penetración en los filtros de carbón de 0,016 % y 0,015 %, siendo el criterio de aceptación de <=0,05 %. Posteriormente, en mayo de 2018, el titular llevó a cabo la primera prueba de estanqueidad de las unidades de la ventilación del CAGE, Los resultados obtenidos fueron: - División A. 0,049 % as-found el 22/05/18 y 0.034 % as-left el 24/05/18. - División B. 0.042 % as-found el 22/05/18. Con estos resultados, y a pesar de la pérdida de margen drástica comparada con el resultado de las pruebas de puesta en marcha, el titular no abrió ninguna condición anómala asociada y, por lo tanto, no procedió al desarrollo e implantación de una solución técnica adecuada. Por último, durante la prueba de estanqueidad, realizada el 19/11/2019, se obtuvieron valores de penetración de los filtros de 0,10 % y 0,14 %, para filtros de los trenes A y B, respectivamente, superiores al criterio de aceptación de 0,05 % y, por lo tanto, la prueba no fue satisfactoria. Por parte del CSN se comprobó durante la inspección que el titular, tras los resultados de esta prueba, sí que abrió la condición anómala por pérdida de eficiencia de los filtros del sistema de ventilación del CAGE. El titular, de acuerdo con el Manual de Requisitos de Funcionamiento, declaró la no funcionalidad de los filtros de carbón activo de la ventilación del CAGE; no obstante, la central nuclear Trillo indicó en la condición anómala que la funcionalidad del edificio CAGE no se había visto afectada. La citada condición anómala, hace referencia a un informe que indica las siguientes medidas compensatorias: - Refuerzo de la vigilancia radiológica dentro del CAGE - Evacuación del personal de la ORE que no esté actuando en caso de emergencia, para minimizar la cantidad de personal presente en el edificio, reduciendo la demanda de equipos de protección respiratoria. La condición anómala se cerró con fecha 4 de enero de 2022, tras los resultados aceptables de las pruebas de la modificación de diseño con fechas 30/11/2021 y 17/12/2021, al obtenerse unos valores de eficiencia de 0,005 % y 0,003 % en los trenes A y B, respectivamente.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al objetivo del pilar de seguridad de la integridad de barreras, que tiene como objetivo asegurar la integridad de la vaina del combustible, barrera de presión y contención. El hallazgo supone el incumplimiento del procedimiento de planta “Determinación de operabilidad y condiciones anómalas de estructuras, sistemas o componentes”, que establece las situaciones en las que habría que entrar en el procedimiento de tratamiento de condiciones degradadas, entendiendo por tales “Los resultados de las pruebas, requisitos de vigilancia, o inspecciones periódicas que muestran una tendencia clara de degradación de una estructura, sistema o componente”. También se considera que, debido a la no apertura de condición anómala en mayo de 2018 tras la significativa pérdida de margen durante las pruebas de estanqueidad, se considera que el titular ha incumplido el artículo 9 de la instrucción IS-21. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Toma de decisiones ya que el titular no abrió la condición anómala en 2018 por no considerar todos los elementos necesarios para una decisión fundamentada. También tiene asociado el componente transversal Evaluación de problemas y áreas de mejora, ya que el titular no abrió la condición anómala correspondiente en 2018, La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
03-11-2022




 Pilar: Preparación para emergencias

Fecha de la inspección
31-12-2022

Pilar de seguridad
Preparación para emergencias

Importancia
pendiente

Titulo
null

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2023




Fecha de la inspección
30-11-2021

Pilar de seguridad
Preparación para emergencias

Importancia
Verde

Titulo
No notificación de un suceso notificable por condiciones meteorológicas adversas

Descripción del incumplimiento
Como consecuencia de las fuertes nevadas caídas en el centro de la península los días 8 y 9 de enero de 2021 se produjeron importantes limitaciones de movilidad en el entorno del emplazamiento. Ante esta situación, el titular emitió a las 21:00 horas un Informe de Suceso Notificable (ISN) bajo el criterio E7: notificación a juicio del explotador. Dichas limitaciones provocaron que el personal del turno de noche del 8 de enero llegara a la planta una hora y media tarde y durante la mañana del día 9 el personal del retén de emergencia, requerido de manera preventiva por el titular sin haberse activado el Plan de emergencia interior (PEI), tardara del orden de 5 horas desde que comenzó la organización del traslado hasta que el personal llegó a planta. Tanto en el análisis de notificabilidad como en el informe a 30 días del ISN se justifica que el suceso no es notificable bajo el criterio H1 (condiciones meteorológicas adversas) en base a los siguientes argumentos: - La cota de nieve no alcanzó en el emplazamiento el 90 % del valor del Plan de Emergencia Interior (76,5 cm). - No se ha visto afectada la capacidad del personal de operar la central de modo seguro. El primer argumento es válido para valorar los riesgos de daño en la integridad estructural de estructuras, sistemas y componentes del emplazamiento. No sería por tanto aplicable a la valoración de las importantes dificultades que se produjeron para trasladar equipos y personas a la instalación derivadas de la mala situación de las comunicaciones por carretera. El segundo de los argumentos indica que no se vio afectada la capacidad del personal de operar la central de modo seguro. Cabe citar que el personal de la Organización de Respuesta a la Emergencia, debe acudir al emplazamiento en un tiempo inferior a una hora. En la mañana del 09/04/2021 se tardó en trasladar a ese mismo personal del orden de cinco horas con el apoyo de las quitanieves de la Demarcación de Carreteras del Estado, superando incluso el tiempo de incorporación prologado estimado en el marco de los análisis de Fukushima ante condiciones meteorológicas extremas adversas. Con todo ello se considera que los fenómenos ocurridos pudieron afectar a la capacidad del personal de explotación para operar la central de modo seguro, al no poder disponer del personal de respuesta de emergencia en planta en los plazos previstos.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de preparación de emergencias, que tiene objetivo asegurar que el titular es capaz de aplicar medidas adecuadas en el interior del emplazamiento para proteger la salud y seguridad de la población en el caso de una emergencia nuclear. El hallazgo supone un incumplimiento de lo establecido en el “Procedimiento de Comunicaciones a realizar con la Administración”, donde se establecen los criterios de notificación de sucesos al Consejo, y concretamente en lo que se refiere a no identificar el adecuado criterio de notificación, H.1. Cualquier fenómeno natural o condición externa a la central que suponga un potencial impacto sobre su seguridad o disminuya la capacidad del personal de explotación para operar la central de modo seguro (una hora) La Inspección no ha identificado componentes transversales asociados a este hallazgo. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde, ya que no se produjo la pérdida real de la función de seguridad.

Identificado por
CSN




 Pilar: Protección radiológica ocupacional

Fecha de la inspección
18-07-2022

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Trabajo con riesgo de contaminación sin el vestuario requerido

Descripción del incumplimiento
Durante las inspecciones realizadas por planta, el 30/05/2022 la Inspección Residente se dirigió al taller caliente para revisar unos trabajos de mecanizado que se estaban realizando sobre una pieza de la envolvente de la parte hidráulica de una de las tres bombas principales. La zona de trabajo de la pieza potencialmente contaminada estaba clasificada como zona controlada de permanencia limitada con riesgo de contaminación. En la zona de manipulación de la pieza estaban presentes cuatro trabajadores, ninguno de los cuales vestía guantes de goma. El uso de guantes de goma es obligatorio para la realización de este tipo de trabajos. Minutos después de la llegada de la Inspección Residente, accedió al taller un monitor de Protección Radiológica. Identificó la desviación e indicó a los trabajadores la necesidad de llevar guantes de goma. Los trabajadores accedieron a ponérselos. A preguntas de la Inspección, el titular manifestó que no se identificaron contaminaciones en mano en los registros de los pórticos de salida de los trabajadores implicados.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de protección radiológica ocupacional cuyo objetivo asegurar la protección de los trabajadores frente a exposiciones radiactivas durante su trabajo en la central y la aplicación del criterio ALARA. El hecho de que cuatro trabajadores estuviesen manipulando sin guantes de goma un equipo potencialmente contaminado es un incumplimiento del procedimiento de planta “Utilización de protecciones generales en zona controlada: zonas de paso y cambio”, en el cual se indica que en las áreas con riesgo de contaminación superficial por vía seca se deben utilizar estas protecciones. El hallazgo tiene asociado el componente transversal Prácticas de trabajo y supervisión, ya que los trabajadores durante la realización del trabajo no respetaron las normas de PR exigidas en la ejecución del mismo. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde, teniendo en cuenta que los trabajadores no resultaron contaminados tras la realización del trabajo.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
03-11-2022




Fecha de la inspección
18-07-2022

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Contaminacion radiológica por mal alineamiento de equipos

Descripción del incumplimiento
Durante el vaciado del sistema de descontaminación del primario al sistema de tratamiento de residuos, el 24/05/2022 se produjo el derrame del depósito de neutralización. Este derrame, que provocó un aumento en la contaminación del cubículo, fue localizado por personal de la central al acceder al cubículo en el que se encuentra el depósito a las 12:20 h del día indicado. Medida la contaminación superficial resultó una actividad de 150 Bq/cm2, reclasificándose el cubículo desde Zona Controlada (verde) a Zona de Permanencia Reglamentada (naranja). Durante la maniobra de trasiego de aguas, se produjo un fallo en la ejecución de la maniobra lo que provocó la contaminación de un cubículo de la central hasta valores de Zona de Permanencia Reglamentada. La limpieza de la zona, y su posterior reclasificación en Zona Controlada (verde), finalizó a las 16:30 h del mismo día, por lo que la reclasificación de la zona no superó las 24 h. La causa del derrame, según se informó a la Inspección Residente (IR), fue un mal alineamiento durante la actividad, ya que se permitió la llegada al de agua procedente del sistema al dejarse abierta una válvula, que debería haber permanecido cerrada durante el vaciado. La Inspección residente realizó con posterioridad un frotis de los lugares contaminados comprobando que los valores de actividad en esas zonas correspondían a Zona Controlada (0,17 Bq/cm2 < 0,4 Bq/cm2).

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de protección radiológica ocupacional cuyo objetivo asegurar la protección de los trabajadores frente a exposiciones radiactivas durante su trabajo en la central y la aplicación del criterio ALARA. El titular no dispone de un procedimiento para realizar estas maniobras de trasiego de aguas contaminadas. Esto supone un incumplimiento del Manual de garantía de calidad que indica que: “Se establecerán, llevarán a la práctica y mantendrán procedimientos escritos que cubran las actividades relacionadas con la Seguridad Nuclear, la Protección Radiológica y la Protección Física de la Planta”, El hallazgo tiene asociado el componente transversal Prácticas de trabajo y supervisión, ya que el personal encargado de implantar y supervisar el descargo no realizó una correcta verificación del mismo al no comprobar que la válvula estaba abierta. La Inspección, aplicando los procedimientos correspondientes, considera que este hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y lo categoriza como verde, en base a que no se postula que la exposición potencial pudiera alcanzar los valores de sobreexposición, es decir, la superación de los límites legales de dosis recogidos en el Reglamento de protección sanitaria contra las radiaciones ionizantes.

Identificado por
Autorrevelado

Fecha de notificacion
03-11-2022






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