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Hallazgos
Hallazgos de Vandellos II (Trimestre 4 año 2017)

UNIDADESSucesos iniciadoresSistemas de mitigacionIntegridad de barrerasPreparación para emergenciasProtección radiológica ocupacionalProtección radiológica del públicoElementos Transversales
Vandellós IIVerde (3) Verde (12) Sin hallazgosVerde (1) Verde (3) Sin hallazgosSin hallazgos

Trimestre 4
Año 2017
Verde (1) Verde (1) Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 3
Año 2017
Sin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Sin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 2
Año 2017
Verde (1) Sin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Verde (1) Sin hallazgosSin hallazgos
Trimestre 1
Año 2017
Verde (1) Verde (11) Sin hallazgosSin hallazgosVerde (1) Sin hallazgosSin hallazgos

 Pilar: Sucesos iniciadores

Fecha de la inspección
21-04-2017

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de identificación y justificación de la fiabilidad de los componentes digitales incluidos en los elementos del conjunto ondulador - transformador, estabilizador - bypass estático.

Descripción del incumplimiento
La inspección revisó la modificación de diseño de la sustitución del conjunto ondulador-transformador estabilizador-bypass estático, de los sistemas de alimentación eléctrica a barra de instrumentación vital Clase1E (Sistema PQ) y no vital Clase 1E (Sistema PN) en el Tren A. En dicha modificación se instalaron nuevos armarios de onduladores y nuevos armarios de transformadores estabilizadores y unidades de bypass estático, sustituyendo a los existentes que proporcionan el suministro eléctrico requerido a la instrumentación clase 1E vital de dos de los cuatro canales (canal I y canal II) del sistema de protección del reactor y del sistema de actuación de las salvaguardias tecnológicas así como a la instrumentación no vital Clase 1E del tren A. Como consecuencia de dicha revisión de la documentación asociada, la inspección detectó que las unidades de control incorporadas a los nuevos componentes consisten en procesadores tipo Complex Programmable Logic Devices (CPLD) que constituye un tipo de sistema digital basado en lógica programable previa y, por tanto requiere la justificación de la fiabilidad de los mismos, para demostrar un alto nivel de confianza (alta fiabilidad con alto nivel de confianza). Adicionalmente, en los análisis de los sucesos notificables IN-16/004 e IN-16/005, el titular identifica como causa un mal funcionamiento de uno de los conjuntos - ondulador transformador estabilizador -bypass. De acuerdo a la información disponible se estima que el elemento que lo provocó fue una de las unidades de control del sistema y que la causa de fallo de la misma no ha podido ser identificada. El titular falló en identificar y analizar dichos componentes como un tipo de sistema digital, y en consecuencia no realizó una evaluación de seguridad adecuada, según establece la Instrucción del Consejo IS-21 sobre requisitos aplicables a las modificaciones diseño en las centrales nucleares.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo está asociado al atributo de comportamiento de los equipos del pilar seguridad de sucesos iniciadores. Para valorar el hallazgo se ha realizado un análisis detallado del riesgo cuantificando el incremento en la probabilidad condicionada de daño al núcleo. Del análisis realizado se obtiene que el incremento de la probabilidad condicionada de daño al núcleo es bastante inferior a 1 E-6, que supone una significación en el riesgo muy baja por lo que se categoriza como verde

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2018

Acta 952





Fecha de la inspección
31-12-2016

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Maniobra incorrecta de transferencia de cargas entre el transformador principal y el transformador auxiliar de reserva

Descripción del incumplimiento
El 31/10/16 se procedió a poner en servicio el Transformador Auxiliar de Reserva (TAR), en sustitución del Transformador Auxiliar Exterior (TAE). Las maniobras se realizaron siguiendo el procedimiento de transformadores auxiliares exteriores y de reserva. En este procedimiento se especifica que se debe situar una maneta en la posición deseada en función de qué transformadores vayan a ponerse en servicio. Los ejecutores desde la sala de control interpretaron erróneamente la posición de la maneta y esta quedó incorrectamente posicionada de forma inadvertida. Al día siguiente, se procedió a desenergizar el transformador principal (TAU) para realizar una reparación en el mismo, para lo que se transfirieron todas las cargas eléctricas del TAU al TAR. Teniendo en cuenta que la maneta estaba en una posición inadecuada y que el procedimiento no incluía ninguna precaución para comprobar el alineamiento de los transformadores antes de proceder a la maniobra, la actuación de los operadores provocó una mínima tensión en las barras eléctricas de salvaguardia, arrancando ambos generadores diésel de emergencia para alimentarlas. El error previo en el alineamiento de los transformadores auxiliares exteriores y de reserva, junto con la no comprobación del estado de la maneta porque no lo requería el procedimiento, provocó en la maniobra de descargo del transformador principal la pérdida de todas las fuentes externas de corriente eléctrica alterna.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sucesos iniciadores. En particular, degrada la capacidad de gestión de la función de disponibilidad eléctrica en un estado operativo de la planta con el Sistema de Refrigeración del Reactor abierto, alto calor residual y el nivel del refrigerante a la altura de la brida de la vasija. El error de operación supuso la pérdida de energía eléctrica exterior durante una hora y media. En base a esto, a propuesta del inspector, el comité de categorización de hallazgos solicitó que se llevara a cabo un análisis detallado del riesgo que para la central había supuesto el error de los operadores. Esta evaluación cuantitativa se realizó utilizando los datos del análisis probabilista de seguridad, considerando que se había producido un suceso iniciador equivalente a una pérdida de potencia exterior. Con ello se obtuvo una probabilidad de ocurrencia de daño en el núcleo del reactor muy baja, por lo que el hallazgo tiene muy poca significación para el riesgo y se categoriza como verde. El hallazgo afecta al Componente Transversal de prácticas de trabajo y supervisión (CT-5), al no realizar el titular adecuadamente la ejecución, paso a paso, del procedimiento de alineamiento.

Identificado por
Autorrevelado

Acta 941





Fecha de la inspección
16-11-2016

Pilar de seguridad
Sucesos iniciadores

Importancia
Verde

Titulo
Un procedimiento de vigilancia se ha cumplimentado de forma incorrecta

Descripción del incumplimiento
La prueba del funcionamiento de las boquillas de rociado del sistema de aspersión del recinto de la contención debe demostrar que ninguna tobera esté obstruida, tal y como establecen las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) y el Procedimiento de Vigilancia (PV). En la prueba de 2007, el titular encontró dos toberas obstruidas y procedió del siguiente modo: dejó el PV en suspenso, desmontó las boquillas, eliminó la obstrucción, volvió a montar las boquillas, retomó el PV, terminó de ejecutarlo y lo dio por válido. Esta forma de actuación está en contra de lo descrito en el procedimiento del titular para la realización de las comprobaciones y cumplimiento de los requisitos de vigilancia de las ETF, que dice que si durante la ejecución de un PV surgen incidencias el personal que realiza la prueba lo comunicará a su jefe y él al Jefe de Turno de la central para que decida si es necesario hacer un análisis de operabilidad del sistema o componente afectado. Si la incidencia supone interrumpir la ejecución del PV, se cerrará la ejecución del mismo y se rellenarán las hojas de datos indicando que NO cumple el criterio de aceptación. En la ejecución del PV referido en la recarga de 2007, el titular no consideró la situación de operable o inoperable del sistema de rociado durante el ciclo previo. Tampoco evaluó el efecto que tendrían dos boquillas obstruidas desde la anterior ejecución de la prueba que salió aceptable (1997, es decir 10 años antes) sobre los requisitos de diseño en cuanto a extracción de calor de la contención y eliminación de productos de fisión, así como los modelos de eliminación asociados a estos últimos.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al atributo de comportamiento de los equipos del pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Impacta negativamente en la disponibilidad/fiabilidad de los sistemas, estructuras o componentes. Para valorar la importancia para la seguridad del incumplimiento hay que tener en cuenta que no ha supuesto la pérdida real de un sistema o función de seguridad, ni de un tren de un sistema de seguridad durante un tiempo mayor del permitido por las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento. Por ello, el hallazgo se considera que tiene muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde. El componente transversal asociado es el de toma de decisiones (CT-1), ya que el titular no ha tenido en cuenta ni seguido de forma sistemática ni el Requisito de Vigilancia (RV) ni el PV asociado; no ha aplicado el procedimiento adecuado cuando no se cumple el criterio de aceptación de un PV y cuando encuentra boquillas obstruidas no actúa con supuestos conservadores acordes con la seguridad.

Identificado por
CSN

Acta 942





 Pilar: Sistemas de mitigacion

Fecha de la inspección
31-12-2017

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Verificación incompleta del funcionamiento de un equipo tras ejecutar una modificación de diseño

Descripción del incumplimiento
El 7/11/2017, durante la realización del procedimiento periódico para la comprobación de la operabilidad del sistema esencial de agua enfriada, se produjo la parada automática de la unidad enfriadora ante una señal de baja presión de aspiración del compresor. La causa fue la actuación del relé que vigila la señal de baja presión del compresor, el cual dispone de un temporizado de 180 segundos. Al analizar las causas de su actuación se detectó que el relé estaba ajustado con una escala de tiempo equivalente a 18 segundos, en lugar de 180. El tiempo real encontrado fue 20 segundos. El error estaba latente desde las tareas de sustitución de los relés, que se ejecutó en el mes de agosto. Este relé no fue sustituido, al no estar afectado por el cambio, pero sí que fue modificado el cableado de llegada al mismo. En las pruebas ejecutadas tras la modificación no se verificó su correcto funcionamiento. El titular incumplió el procedimiento de ejecución y cierre de trabajos que define que debe proporcionarse un proceso de revisión de los trabajos para garantizar que éstos se realicen correctamente, los equipos afectados se retornen al servicio adecuadamente y se proporcione retorno de experiencia para capturar lecciones aprendidas. Así mismo también se incumple el procedimiento sobre pruebas tras intervención de mantenimiento que tiene como uno de los objetivos que las pruebas tras intervención de mantenimiento deben asegurar que no se ha originado ninguna deficiencia en el transcurso de la intervención.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad nuclear de sistemas de mitigación. Considerando que el hallazgo no ha supuesto la pérdida de ningún sistema ni función de seguridad, ni de un tren completo de un sistema de seguridad durante un tiempo mayor del fijado en las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento. Por ello, se estima que el hallazgo tiene muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como verde. 

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
27-04-2018




Fecha de la inspección
15-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
El procedimiento de aptitud física de la brigada contra incendios no está de acuerdo con la guía del CSN, GS-01.19

Descripción del incumplimiento
La Instrucción del CSN, IS-30 sobre los requisitos del programa de protección contra incendios en centrales nucleares requiere que los titulares dispongan de una brigada de Protección Contra Incendios (PCI) debidamente entrenada y formada. Asimismo, indica que la aptitud de los miembros de la brigada debe ser aprobada por una persona competente de la organización del titular. Los requisitos mínimos de formación y entrenamiento de la brigada de PCI están recogidos en la Guía del CSN, GS-01.19 del mismo título que la IS. El titular dispone de un procedimiento para certificar la aptitud física del personal que compone la brigada de PCI. En él se establecen unos requisitos de condición física inferiores a lo recomendado en la GS-01.19. Además, el procedimiento del titular incluye distinciones por edad, aspecto no contemplado en la guía. El titular ha solicitado al CSN una apreciación favorable a esta situación de la brigada de PCI de forma que se considere que su procedimiento cumple adecuadamente la IS-30, ya que las guías no se consideran obligatorias. No obstante, esta solicitud no ha sido aceptada por el CSN hasta la fecha y el titular ha mantenido la composición de la brigada con algunos de sus miembros que, en opinión de los inspectores, no cumplen adecuadamente los requisitos de la Guía de Seguridad del CSN. Por consiguiente, el titular dispone de un procedimiento que si bien no está literalmente en contra de la IS, no satisface las recomendaciones del Guía de Seguridad del CSN.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en lo que se refiere a disponer de las suficientes garantías para hacer frente a un fuego en la instalación. El disponer de una brigada contra incendios con una cualificación claramente mejorable en el aspecto físico se puede asimilar a que el sistema de protección contra incendios de la central está degradado aunque en un nivel bajo. Por ello el incumplimiento se califica de muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de recursos (CT-2), ya que de la información recabada por la Inspección se considera que el titular no está asignando recursos con la capacidad adecuada y necesaria para la brigada de protección contra incendios.

Identificado por
CSN

Acta 944





Fecha de la inspección
15-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de medidas compensatorias requeridas por el CSN

Descripción del incumplimiento
El CSN requirió al titular mediante un escrito de fecha 2/11/16 la adopción de medidas compensatorias derivadas de la inoperabilidad de las barreras de Protección Contra Incendios (PCI) requeridas en el manual de requisitos de operación (MRO) de los sistemas de PCI para 19 áreas de fuego situadas en diferentes edificios de la central. Estos requisitos son de aplicación continua en todo momento por lo que las medidas requeridas deberían haberse implantado. El titular consideró erróneamente que el requisito del CSN no le aplicaba estando la central en recarga y no declaró las inoperabilidades estableciendo medidas compensatorias hasta el 11/12/16. El titular incumplió el MRO al no implantar las medidas compensatorias requeridas por el CSN.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en su opción de mitigación ante sucesos externos, en este caso un fuego. Se considera que el objetivo de la vigilancia requerida por la ausencia de barreras para prevenir que se vean afectados otros circuitos asociados no tiene una influencia significativa en las funciones de seguridad aplicables durante la situación de parada, por lo que se concluye que el hallazgo tiene muy baja significación para el riesgo y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de resolución de problemas y áreas de mejora (CT-12), ya que se considera que las acciones propuestas por el titular para resolver la deficiencia no se programaron en tiempo para conseguir el objetivo previsto.

Identificado por
CSN

Acta 944





Fecha de la inspección
15-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de medidas compensatorias por deficiencias en el cumplimiento de la Instrucción del CSN, IS-30 sobre los sistemas de protección contra incendios

Descripción del incumplimiento
En el análisis de cumplimiento de la Instrucción de Seguridad IS-30 sobre requisitos del programa de protección contra incendios en centrales nucleares, el titular identificó deficiencias en la resistencia al fuego requerida a algunas barreras de seis áreas de fuego en diferentes edificios de la central. Se trata de las barreras del área de la zona del transformador principal y barreras entre áreas de fuego a través de los sistemas de ventilación. El titular ha incumplido las acciones requeridas en el manual de los requisitos de operación para los sistemas de protección contra incendios al no establecer las medidas compensatorias requeridas en el mismo aplicables a estas situaciones anómalas.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en su opción de mitigación ante sucesos externos, en este caso un fuego. Teniendo en cuenta que las barreras poseen una homologación para una cierta resistencia al fuego, el incumplimiento supone que el nivel de degradación es bajo. Por ello, se concluye que el hallazgo tiene muy baja significación para el riesgo y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de resolución de problemas y áreas de mejora (CT-12), ya que se considera que las acciones propuestas por el titular para resolver la deficiencia no fueron apropiadas.

Identificado por
CSN

Acta 944





Fecha de la inspección
27-10-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Se cierra una no conformidad de categoría B sin que estuvieran ejecutadas todas las acciones identificadas para su resolución

Descripción del incumplimiento
La no conformidad (NC) a la que se refiere el hallazgo es relativa a la instalación de material de grado comercial en un componente de seguridad. El material implicado es un carrete flexible situado en la impulsión de la unidad de ventilación del edificio de componentes. La NC es de categoría B, es decir que se trata de una no conformidad que representa un riesgo medio para la seguridad nuclear. La no conformidad tenía asociadas dos acciones diferentes y se cerró dándola por resuelta el 27/07/16 cuando se había realizado una de ellas y la otra estaba pendiente de ejecución. El titular ha incumplido su propio procedimiento para el proceso de identificación y resolución de problemas (PIRP) en su apartado relativo al cierre de las entradas al PAC.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación en lo que afecta a disponibilidad y fiabilidad de los equipos de seguridad. Para valorar la importancia para la seguridad del incumplimiento hay que tener en cuenta que no ha supuesto la pérdida real de un sistema o función de seguridad, ni de un tren de un sistema de seguridad durante un tiempo mayor del permitido por las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento. Por ello, el hallazgo se considera que tiene muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde. El componente transversal identificado es el de resolución de problemas y áreas de mejora (CT-12), ya que el haber cerrado una no conformidad antes de cerrar todas las acciones definidas para su resolución supone una merma en la eficacia del proceso implantado en CN Vandellos II para la identificación y resolución de problemas.

Identificado por
CSN

Acta 934





Fecha de la inspección
15-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Las áreas de fuego A-24 y A-25 no disponen del sistema de extinción de incendios requerido

Descripción del incumplimiento
Según el Análisis de Riesgo de Incendio (ARI), en las áreas A-23, A-24, A-25 y A-26 existen bandejas de cables de equipos relacionados con la seguridad de ambas divisiones y bandejas con cables de equipos de parada segura de ambos trenes que deben quedar protegidos según se establece en la propia Instrucción IS-30, sobre requisitos del programa de protección contra incendios en centrales nucleares. Esto supone la existencia de sistemas de detección y extinción automática con cobertura total sobre las bandejas de dichos cables y las áreas citadas no disponen del sistema de extinción requerido. El titular solicitó una ampliación de plazo para la adaptación a este requisito, que finalizaba el 31/12/2016. En dicha solicitud identificaba desviaciones en las áreas A-23 y A-26 y se solicitaba ampliación de plazo para la instalación de sistemas de extinción automática. El Pleno del CSN concedió una exención temporal hasta el 30/6/2017 para la emisión del informe del titular sobre el cumplimiento con el anexo A.7 de la IS-30 citada. No obstante, en el momento de la inspección se identificó que las áreas A-24 y A-25 al igual que las dos áreas citadas con anterioridad tampoco cumplían los requisitos y no se habían tomado medidas compensatorias para hacer frente a este incumplimiento. El titular incumplió la instrucción de seguridad IS-30 y el manual de requisitos de operación de los sistemas de protección contra incendios.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en su opción de mitigación ante sucesos externos, en este caso un fuego. Teniendo en cuenta durante el incumplimiento se habían establecido en las áreas de fuego una serie de medidas compensatorias para las desviaciones referentes a los circuitos asociados, y pese a que estas medidas son inferiores a las que le corresponde a este hallazgo y no eran específicas para las desviaciones, puede considerarse que había una cierta vigilancia por lo que se considera que el hallazgo tiene muy baja significación para el riesgo y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de evaluación de problemas y áreas de mejora (CT-11), ya que se considera que el titular debería haber completado el proceso de evaluación del cumplimiento de la IS-30 en todos los apartados en los plazos requeridos para ello en la propia instrucción.

Identificado por
CSN

Acta 944





Fecha de la inspección
03-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
En el procedimiento de la prueba de arranque de un generador diesel no se comprueba la señal de disparo de una unidad enfriadora

Descripción del incumplimiento
Durante la ejecución de la prueba de arranque del generador diesel A que se realiza cada 18 meses, los inspectores del CSN cuestionaron que no se comprobase el disparo (parada) requerido en los requisitos de vigilancia (RV), para determinadas cargas que están paradas inicialmente, como es el caso de una unidad enfriadora. El titular manifestó que analizaría este asunto e informarían al CSN del resultado. Posteriormente a la finalización de la inspección, el titular informó al CSN que, si bien mantenía el procedimiento de prueba partiendo de las unidades enfriadoras paradas (con los interruptores de alimentación abiertos), durante las pruebas del diesel se comprobaría que el interruptor de la unidad recibe la orden de actuación para parada, es decir que las unidades hubieran parado de encontrarse en funcionamiento en el momento de la pérdida de potencia exterior. Así mismo, indicó que para realizar esta comprobación se había emitido un aviso de cambio temporal al procedimiento y remitió una copia del correspondiente registro de la prueba de tren A, realizada el 08/12/16, en el que se verificaba la orden de parada al interruptor de la unidad enfriadora. El titular disponía de un procedimiento de prueba de arranque del generador diésel A (POV-50) al recibirse las señales de pérdida de energía eléctrica exterior junto a la de actuación del sistema de inyección de seguridad que no incluía la comprobación del disparo o parada de la unidad enfriadora, lo que suponía un incumplimiento parcial de los requisitos de vigilancia que requieren la citada comprobación.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. El titular ha comprobado que el interruptor de las unidades enfriadores recibe las órdenes de actuación por la lógica de mínima tensión en las barras de salvaguardias, esto es, que si las unidades citadas hubiesen estado en marcha habrían parado en una situación real de pérdida de suministro eléctrico exterior y señal de inyección de seguridad. Esto significa que el incumplimiento no ha tenido repercusión en la verificación de la respuesta de la seguridad de la planta que se realiza mediante el requisito de vigilancia indicado. Considerando que no se ha perdido una función de seguridad, ni un sistema de seguridad o un tren de sistema por un tiempo mayor que lo señalado en las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento el hallazgo tiene muy poca significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 938





Fecha de la inspección
15-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Aplicación inadecuada del procedimiento de condiciones anómalas y ausencia de acción compensatoria ante la existencia de una condición degradada

Descripción del incumplimiento
Los requisitos de vigilancia de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento de la central especifican que los tanques del sistema de Protección Contra Incendios (PCI) deben contener 1060 m3 de volumen total cada uno y se establecen los mecanismos necesarios para garantizar su disponibilidad. No obstante, la inspección del CSN consideró que esa capacidad era insuficiente para cumplir lo requerido en la Instrucción del CSN, IS-30 anexo A.2, según la cual deberían ser 1359 m3 para cada tanque de PCI. El titular ha solicitado al CSN la apreciación favorable para retrasar el plazo de cumplimiento del citado requisito pero en este momento la solicitud está sin resolver. El titular no había considerado la existencia de una condición anómala, degradada o de no conformidad en el sistema de PCI, ni tampoco había declarado la inoperabilidad de los tanques ni establecido medidas compensatorias asociada a la potencial incapacidad de los tanques para satisfacer la necesidad del sistema en caso de un fuego en la central. Por tanto, existe un incumplimiento del procedimiento para el tratamiento de condiciones anómalas que debería haber llevado a la disposición de medidas compensatorias adecuadas.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. El incumplimiento estaría dentro del apartado de sistemas fijos de extinción de incendios y la diferencia de volumen de agua en los tanques entre el existente y el requerido supondría una degradación baja del sistema. Por ello, el hallazgo se considera de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de resolución de problemas y áreas de mejora (CT-12), ya que se considera que el titular era conocedor de que existía una desviación en la capacidad de los tanques de agua de extinción de incendios y no adoptó las acciones adecuadas.

Identificado por
CSN

Acta 944





Fecha de la inspección
03-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Error en la no retirada de un interruptor tras llevar a cabo una modificación de diseño

Descripción del incumplimiento
El 05/12/16 durante la prueba de pérdida de potencia exterior junto con señal de inyección de seguridad, se produjo la pérdida de las barras de instrumentación de seguridad (identificadas como BI1A y BI2A) de forma prácticamente simultánea, la secuencia de cargas no se completó correctamente y la prueba se consideró no satisfactoria. La causa directa de la pérdida de las dos barras de instrumentación fue la señal de parada automática de sus respectivos interruptores de cabecera, que no figuraban en los esquemas de control y cableado existentes en sala de control. La causa de la incidencia fue un error en el montaje, durante la recarga de 2016, de una modificación de diseño para la sustitución de los elementos del conjunto ondulador-transformador estabilizador en las 2 barras de instrumentación 1E y en las 2 barras vitales del tren A. Durante la ejecución de la modificación se dotó a las barras de alimentación provisional desde el estabilizador antiguo, alimentándolas mediante el interruptor antiguo y luego, por error, éste quedó como cabecera de las barras cuando debía haberse eliminado. Tras eliminar el interruptor se repitió la prueba el 08/12/16, con resultado satisfactorio. El titular ha incumplido los requisitos del Manual de Garantía de Calidad a la hora de implantar la modificación de diseño, lo que condujo a la situación de existir una discrepancia entre la documentación existente y la realidad de la planta.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación. Para valorar su importancia hay que tener en cuenta que el error no ha tenido repercusión en la seguridad de la planta, dado que se manifestó durante la realización de una prueba. Considerando que no se ha perdido una función de seguridad, ni un sistema de seguridad o un tren de sistema por un tiempo mayor que lo señalado en las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento el hallazgo tiene muy poca significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 938





Fecha de la inspección
31-03-2017

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Mesa con un registrador de señales situada sin anclaje junto a equipos de seguridad

Descripción del incumplimiento
El día 06/03/17 la inspección observó la existencia de un carro con ruedas con una unidad registradora de señales eléctricas junto a una barra de instrumentación de seguridad, sin anclar ni sujetar a ninguna estructura fija. En esos momentos el registrador permanecía conectado eléctricamente a la cabina de la barra. El carro se había instalado el 23/12/16 y en su evaluación de seguridad se citaba que el registrador se debía colocar en una mesa o elemento equivalente, unida con una cadena a una estructura fija a fin de garantizar su sujeción, para que en caso de terremoto se evite el impacto del mismo con los elementos presentes en sus inmediaciones. El titular incumple el procedimiento, sobre análisis previos, evaluaciones de seguridad y análisis de seguridad de modificaciones; que indica que era necesario emitir una evaluación de seguridad especificando que el registrador se debería situar sobre una mesa o equivalente, adecuadamente sujeta para evitar choques con otros equipos

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo está relacionado con el atributo de protección contra factores externos, del pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en este caso un sismo. Considerando el tamaño y peso del elemento suelto se puede considerar que no hubiera producido daños graves en caso de sismo a dos trenes de un mismo sistema de seguridad. Teniendo en cuenta que el incumplimiento no supone la pérdida completa de un sistema o función de seguridad, ni la pérdida de un tren de un sistema de seguridad durante un tiempo mayor del señalado en las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento de la central, el hallazgo es de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de prácticas de trabajo y supervisión (CT-5), ya que se considera que el titular no realizó adecuadamente la instalación del cambio temporal, a pesar de estar debidamente detallado en la documentación. Tampoco se ejecutó de manera rigurosa la revisión de la citada tarea empleando correctamente las herramientas de supervisión.

Identificado por
CSN

Acta 951





Fecha de la inspección
15-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Incumplimiento del Análisis de Riesgo de Incendio por ausencia de cobertura completa mediante bocas de incendio en el área de fuego A-25

Descripción del incumplimiento
Según se indica en el Análisis de Riesgo de Incendio (ARI) en vigor, en el área de fuego A-25 existen bandejas de cables de equipos relacionados con la seguridad y bandejas con cables de equipos de parada segura. Durante el recorrido por la instalación la inspección identificó que esta área de fuego A-25, en la que tal y como indica el ARI su medida de extinción primaria debe ser con mangueras de CO2 y agua situadas en las áreas de fuego adyacentes (A-24 y A-26 para agua y A-28 para CO2), no quedaba totalmente cubierta con dichas mangueras. Esto es debido a que la puerta de acceso al área adyacente A-26 se encontraba clausurada y bloqueada y no era posible su apertura. El titular incumplió el ARI por ausencia de cobertura completa de un área de fuego mediante bocas de incendio equipadas (BIE).

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de seguridad de sistemas de mitigación, en su opción de mitigación ante sucesos externos, en este caso un fuego. Teniendo en cuenta que existían extensiones de manguera en el edificio, que éstas eran conocidas por la brigada contra incendios y que podrían haberse usado en caso de necesidad, se considera que el hallazgo tiene muy baja significación para el riesgo y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de comunicación y cohesión (CT-3), ya que se entiende que el titular era conocedor de que el sistema de extinción primario en el área eran las bocas de incendio equipadas existentes en áreas adyacentes, por lo que al considerar necesario, según otros análisis, el bloqueo de una puerta debería haber sido comunicado a los responsables para tomar las acciones oportunas desde el punto de vista de incendios.

Identificado por
CSN

Acta 944





Fecha de la inspección
15-12-2016

Pilar de seguridad
Sistemas de mitigacion

Importancia
Verde

Titulo
Ausencia de validación de la estrategia de lucha contra grandes incendios

Descripción del incumplimiento
El titular no ha llevado a cabo un ejercicio integrado de validación de la estrategia de lucha contra grandes incendios para los supuestos requeridos en las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) números 2, 4 y Adaptada, requeridas por el CSN. La estrategia, identificada por el titular como la más desfavorable, no puede considerarse como tal si no se demuestra que el sistema de bombeo resultaría ileso en el impacto más desfavorable a considerar, por lo que las etapas planteadas por el titular son validaciones parciales y no se corresponden con la situación que se propone como la estrategia más desfavorable en las ITC del CSN. Además se plantean otras acciones cubiertas por un mayor número de efectivos que los que estarían disponibles en una primera intervención. Hay que tener en cuenta que la capacidad para extinción deberá estar dispuesta en 15 minutos, por lo que el dispositivo probado por etapas no permite hacer tal verificación. El titular incumple los requisitos de validación de las estrategias previstas según los requisitos que establecen las ITC 2, 4 y adaptada.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo afecta al pilar de sistemas de mitigación, en el atributo de mitigación ante sucesos externos, en este caso un fuego. Teniendo en cuenta que el incumplimiento no ha supuesto la pérdida completa de un sistema o función de seguridad, ni la pérdida de un tren de un sistema de seguridad durante un tiempo mayor del señalado en las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento de la central, el hallazgo es de muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Acta 943





 Pilar: Preparación para emergencias

Fecha de la inspección
20-04-2017

Pilar de seguridad
Preparación para emergencias

Importancia
Verde

Titulo
procedimiento incompleto de activación del Centro Alternativo de Gestión de Emergencias (CAGE)

Descripción del incumplimiento
El titular tenía el requisito de desarrollar procedimientos del PEI en los que se recojan detalles sobre dotación, mantenimiento y criterios explícitos de activación del Centro Alternativo de Gestión de Emergencias (CAGE) en la modificación de diseño aprobada al efecto. Sin embargo, la inspección comprobó que no ha desarrollado un procedimiento que contenga los criterios explícitos de activación del CAGE, más allá de la revisión del procedimiento sobre actuación en caso de pérdida de control de sala de control, centro de apoyo técnico (CAT) o alguno de los centros de emergencia, con criterios generales sobre las acciones a llevar a cabo para garantizar la continuidad de la gestión de la emergencia. Por lo tanto, el titular ha incumplido su propio MGC, al no incluir conforme se le había solicitado criterios radiológicos explícitos a la hora de activar el CAGE, con lo que quedaría más acotada para el Director del PEI dicha activación, según las condiciones radiológicas externas imperantes en cada momento.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo está asociado con atributos del pilar de emergencias, y está relacionado con un error de implantación o un incumplimiento de un requisito del PEI, y supone un fallo en el establecimiento y desarrollo de las interfaces definidas entre las distintas organizaciones y grupos de respuesta interiores al emplazamiento: organizaciones y/o grupos del titular en planta. Al tratarse de un requisito relacionado con una función que no es de seguridad y que el fallo del requisito no conlleva la pérdida de dicha función, se considera que el hallazgo tiene muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde.

Identificado por
CSN

Fecha de notificacion
09-10-2017




 Pilar: Protección radiológica ocupacional

Fecha de la inspección
30-09-2017

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Accesos reiterados al edificio de contención para la corrección de un presostato (interruptor de presión)

Descripción del incumplimiento
Estando la central en operación, se accedió en dos ocasiones al recinto de contención para intervenir en el interruptor de presión que indicaba alarma de alta presión en una tubería del sistema de rociado de la contención. Analizando el tipo de alarma y el origen del ajuste del presostato se vio que una modificación de diseño, ejecutada en 1997, indicaba que se modificara el valor de ajuste en ambos trenes del sistema de rociado. Sin embargo, únicamente se ajustó el interruptor de uno de los dos trenes. El titular ha incumplido el procedimiento del proceso de identificación y resolución de problemas, al no identificar el problema existente, ante acontecimientos repetitivos de fallos en el presostato. También se incumple el Manual de Garantía de Calidad, dado que no se detectó en el momento de realizar la modificación de diseño que sólo se había cambiado el ajuste en uno de los dos interruptores de presión, y tampoco se identificó el problema cuando se producían alarmas solo en uno de los dos trenes. Finalmente, también se incumple el Principio ALARA dado que las dosis al personal que entraba en el recinto de contención cada vez que se activaba la alarma, si bien no alcanzaron los límites legales, podían haberse evitado.

Valoración de la importancia para la seguridad
El acceso repetitivo de diversos trabajadores, en distintos fechas, al recinto de contención se considera un indicio reiterado de un problema que el titular debería haber corregido. El incumplimiento está asociado al atributo de programa y procesos, y afecta al pilar de seguridad de protección radiológica de los trabajadores. Teniendo en cuenta que el incumplimiento no estaba relacionado con el programa ALARA, ni implicó la sobreexposición (real ni potencial) de ningún trabajador, ni tampoco un fallo en el sistema de determinación de dosis de la central, el hallazgo se considera que tiene muy baja significación para la seguridad y se categoriza como verde. No se ha identificado ningún componente transversal específico para este hallazgo.

Identificado por
CSN

Acta 961





Fecha de la inspección
30-06-2017

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Presencia de trabajadores en zona controlada sin dosimetría ni conocimiento de Protección Radiológica (PR)

Descripción del incumplimiento
El 11/04/2017 se comunicó al personal de PR la presencia de trabajadores en la zona anexa al tanque de agua de recarga, sin que portaran los dosímetros necesarios. La zona está clasificada radiológicamente como de libre acceso bajo control especial, por presentar niveles de tasa de dosis entre 0,5 y 2,5 µSv/h. El control incluye autorización del servicio de PR y empleo de dosimetría. El técnico de PR verificó con el inspector la presencia de cuatro trabajadores en la zona; les notificó la necesidad de dosimetría, figurando en la orden de trabajo el riesgo de exposición a radiaciones ionizantes. Al día siguiente se repitió el mismo suceso, con otros cuatro trabajadores que realizaban otro tipo de tareas, o permanecían dentro de la zona marcada en el suelo sin la pertinente autorización. Se incumple el procedimiento sobre normas prácticas de protección radiológica para acceder y permanecer en zona vigilada y/o controlada, que tiene por objeto establecer una serie de normas e instrucciones prácticas de PR para el correcto acceso y actuación de los trabajadores expuestos en esas zonas. En este procedimiento se indica que el trabajador expuesto, o responsable del trabajo, informará exhaustivamente a PR del trabajo y lugar donde lo va a realizar.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo está asociado al atributo de programa y procesos, dentro del pilar de seguridad radiológica; seguridad radiológica de los trabajadores. Considerando que no se trató de un hallazgo ALARA, no implicó sobreexposición (real ni potencial), ni un fallo en el sistema de determinación de dosis, el hallazgo se categoriza como de muy baja importancia para la seguridad y se categoriza como verde. Se considera que el titular no remarcó adecuadamente a los trabajadores la necesidad de dosimetría en la zona y tampoco hubo una coordinación eficiente a la hora de gestionar las tareas entre los trabajadores y el servicio de PR por lo que el hallazgo se asocia al componente transversal relativo a planificación y coordinación del trabajo (CT-4).

Identificado por
CSN

Acta 958





Fecha de la inspección
31-03-2017

Pilar de seguridad
Protección radiológica ocupacional

Importancia
Verde

Titulo
Acceso indebido de trabajadores a una zona de permanencia reglamentada sin una autorización específica ni presencia de personal del servicio de Protección Radiológica

Descripción del incumplimiento
El 23/03/17 dos trabajadores profesionalmente expuestos a las radiaciones accedieron al cubículo en el que se encuentra el tanque de desechos líquidos que normalmente se encuentra cerrado con bloques, los cuales fueron retirados para proceder a la limpieza del tanque. Una vez retirados los deshechos, el cubículo fue clasificado como zona naranja (permanencia reglamentada) y provisto de zona de paso con la indicación correspondiente a Zona de Permanencia Reglamentada (ZPR). Los trabajadores habían accedido al cubículo, sin disponer de un Permiso de Trabajo con Radiaciones (PTR) específico y sin la presencia de un monitor de PR, para trasladar el material radiactivo; los trabajadores iban provistos de dosímetros de lectura directa (DLD), que emitieron señal de alarma por superación de la tasa de dosis fijada. La entrada en zona naranja requiere disponer de un PTR específico y contar con la presencia de personal del servicio de Protección Radiológica (PR). El acceso a la ZPR carecía de barreras físicas y de la advertencia de no entrar sin la presencia de personal de PR. Al producirse las alarmas en los dosímetros, los trabajadores abandonaron la zona, informando al servicio de PR. Los trabajadores estuvieron expuestos a tasas de 1,55 mSv/h y 1,68 mSv/h, recibiendo 8 y 20 µSv/h respectivamente. El titular incumple el procedimiento de control de accesos a zonas de alta radiación, cuyo objeto es establecer los criterios para acceder a las zonas de permanencia reglamentada y/o prohibida, con el fin de evitar accesos incontrolados, que puedan producir exposiciones no planificadas de trabajadores expuestos. Este procedimiento indica que todos los accesos a esas zonas contarán con una barrera física y que cualquier acceso a esas zonas requerirá de PTR específico.

Valoración de la importancia para la seguridad
El hallazgo está asociado al atributo de programas y procesos del pilar de seguridad de protección radiológica de los trabajadores. Teniendo en cuenta que el hallazgo no es referente a un fallo de los programas ALARA, que no ha implicado una sobreexposición real ni potencial de ningún trabajador ni implica una situación en la que ha fallado el sistema de determinación de dosis de la instalación, se considera que tiene muy poca significación para la seguridad y se categoriza como verde. El componente transversal identificado para este hallazgo es el de planificación y coordinación del trabajo (CT-4), ya que se considera que el titular no señalizó adecuadamente la zona y tampoco hubo una coordinación eficiente a la hora de gestionar el PTR entre los trabajadores y el Servicio de PR.

Identificado por
Autorrevelado

Acta 951







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