CSN Abierto el plazo de solicitud de subvenciones del CSN para la realización de actividades de formación, información y divulgación sobre seguridad nuclear y protección radiológica - 2021

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Abierto el plazo de solicitud de subvenciones del CSN para la realización de actividades de formación, información y divulgación sobre seguridad nuclear y protección radiológica

 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la convocatoria del Consejo de Seguridad Nuclear del año 2021 para acceder a las subvenciones para la realización de actividades de formación, información y divulgación, relacionadas con la seguridad nuclear y la protección radiológica.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 22 de octubre hasta el 21 de noviembre y su tramitación se hará telemáticamente a través de la sede electrónica del CSN.

Mediante la presente convocatoria de subvenciones, el CSN trata de estimular a la ciudadanía y a las organizaciones sociales, para que realicen determinadas actividades beneficiosas al interés común o general, y mediante las cuales se amplían y profundizan aspectos concretos y relacionados con el ámbito de competencias materiales de este organismo. Toda esta información está disponible en el siguiente enlace de la web del Consejo.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las instituciones privadas sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas (públicas o privadas), los establecimientos educacionales dedicados a la enseñanza superior y a la investigación (que lleven a cabo las funciones descritas en el artículo uno de la Ley Orgánica 6/2001) así como sus fundaciones asociadas, en los términos establecidos en el artículo 3 de la resolución por la que se aprueban las bases reguladoras.

El importe total de las subvenciones, en concurrencia competitiva, será de 75.000 euros para 2021. La cuantía máxima aprobada para cada subvención no superará los 7.500 € anuales y el número máximo de perceptores será de diez.

Entre las funciones encomendadas al CSN –según se recoge en el artículo 2ñ) de su Ley de Creación– se encuentra la de informar a la opinión pública sobre materias de su competencia, con la extensión y periodicidad que el Consejo determine, sin perjuicio de la publicidad de sus actuaciones administrativas en los términos legalmente establecidos.