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Formularios denuncias

BIENVENIDO AL CANAL DE DENUNCIAS DEL CSN

 

Este canal de comunicación permite presentar DENUNCIAS sobre sospechas de conductas irregulares en el CSN incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Si usted tiene o ha tenido una relación laboral o profesional con el CSN (por ejemplo, es o ha sido empleado del CSN, un becario o una persona que trabaje o haya trabajado para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores del CSN), y ha sido testigo o víctima de alguna conducta irregular dentro de la organización, puede realizar por este medio la oportuna comunicación. CREAR UNA NUEVA DENUNCIA INTERNA.

Sin perjuicio de ello, puede dirigir su comunicación a los canales externos de información de las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea, tales como: el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude –SNCA; la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF); el Ministerio Fiscal; o la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.I.I.)

Igualmente, este canal permite presentar DENUNCIAS sobre acciones u omisiones que afecten o puedan afectar al funcionamiento seguro de las instalaciones y actividades reguladas por el CSN y al cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad nuclear, protección radiológica y seguridad física. Si usted es una persona física o jurídica al servicio de estas instalaciones o actividades, cualquiera que sea la relación laboral o contractual, o personal de las empresas contratadas y de las empresas externas que prestan sus servicios en las mismas, puede realizar por este medio la oportuna denuncia. CREAR UNA NUEVA DENUNCIA EXTERNA.

Para su seguridad le informamos de lo siguiente:

  • Su comunicación tendrá en todo momento carácter de CONFIDENCIAL.
  • La comunicación podrá ser anónima.
  • Podrá seguir en cualquier momento el estado de su comunicación con el nº de identificación.
  • Se garantiza que recibirá respuesta a su comunicación.

 

 

En algunos casos, determinadas conductas no tendrán la clara condición de irregulares y, por tanto, no están incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, pero su práctica podría presentar ciertas dudas éticas. Para estos casos, puede dirigir su comentario al buzón codigo.etico@csn.es.

 

Para otro tipo de comunicaciones, puede dirigirse al buzón de comunicaciones y consultas del CSN.

 

El Pleno del CSN, en su sesión de 6 de junio, adoptó un acuerdo relativo al Sistema de Información del CSN