CSN El CSN remite al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio su informe favorable a la renovación de Almaraz - 2010

Saltar al contenido

Su versión de Internet Explorer no es la adecuada para una correcta visualización de esta página web. Debe utilizar Internet Explorer 9 o superior.

Aceptar

Contenido principal

2010

Atrás

El CSN remite al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio su informe favorable a la renovación de Almaraz

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha remitido hoy al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio  un informe favorable sobre la solicitud de renovación de la autorización de explotación de la central nuclear Almaraz, por un periodo adicional de diez años (2010-2020), aplicable a las dos unidades de la central, que iniciaron su funcionamiento en 1981 y 1983, respectivamente.
 
La decisión adoptada por el Pleno, en el día de ayer, se basa en la comprobación del correcto funcionamiento de la central y del mantenimiento del nivel adecuado de seguridad para continuar su operación, en la constatación de la capacidad de la central para dar respuesta a requisitos normativos de mayor exigencia a los estrictamente requeridos por la reglamentación vigente, y en la verificación del cumplimiento por parte del titular de los requisitos de la autorización concedida en el año 2000.

Esta decisión tiene en cuenta los resultados de la evaluación, contenidos en un conjunto de 61 informes técnicos especializados así como los requisitos exigibles por el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas, la información procedente de las 297 inspecciones realizadas a la central durante la vigencia de la actual autorización por parte del CSN, así como los resultados de la supervisión continua del funcionamiento de la central mediante el "Sistema Integrado de Supervisión de Centrales" (SISC) y de la evaluación de cerca de un centenar de sucesos notificados por la central durante su última autorización.
Durante varias sesiones de estudio, el Pleno ha revisado el cumplimiento, por parte del titular, de las condiciones de la autorización vigente y las instrucciones técnicas asociadas, la revisión periódica de seguridad y la normativa de aplicación condicionada, con los resultados mencionados anteriormente.

El dictamen emitido por el CSN, incluye 13 límites y condiciones a los que quedará sometido el funcionamiento de la instalación en este nuevo periodo, relativos a:
  • Aspectos generales de todas las autorizaciones: Las empresas titulares, sus facultades y el marco técnico de operación de la central, las obligaciones de información al CSN, así como los programas y acciones de mejora y actuaciones a realizar durante la vigencia de la autorización, identificados en el transcurso del proceso de análisis de la solicitud, entre otros.
  • Aspectos específicos de la autorización: Las modificaciones más importantes a realizar durante la vigencia de la autorización y sus plazos de implantación:
- Modificaciones físicas para fortalecer las garantías de parada segura de la central en caso de incendio y, en concreto, la instalación y puesta en marcha, para cada unidad, de un nuevo panel de parada alternativo, exterior a la sala de control, así como la implantación de un suministro de agua al sistema de protección contra incendios en áreas relevantes, capaz de funcionar en caso de terremoto.
- Modificaciones para la mejora de los sistemas de ventilación y filtrado de edificios de la central, y en particular, la instalación, para cada unidad, de un sistema adicional en el edificio de combustible, que duplique la capacidad actualmente existente.
- Modificaciones en los sistemas eléctricos y de instrumentación de la central, para mejorar, entre otros aspectos, la independencia y separación física de trazados, circuitos y cables eléctricos.
- Modificaciones normativas en relación con los requisitos aplicables a la protección contra incendios, que tendrán por resultado la implantación de mejoras, tanto físicas como operativas, en el diseño de la central.
 
Los límites y condiciones mencionados se acompañan de un conjunto de 17 Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC), en las que se recogen, con mayor grado de detalle, además de los requisitos aplicables a las modificaciones más relevantes ya mencionadas, los pormenores de las restantes condiciones de la renovación de la autorización, en particular:

• Los nuevos programas de mejora, referidos a las bases de diseño del emplazamiento, la instrumentación del circuito primario, los sumideros del recinto de contención y la capacidad de gestión de accidentes severos.
• Las acciones de mejora en relación con los análisis de experiencias operativas emitidas por el Instituto de Operación de Centrales Nucleares de Estados Unidos, basadas en la evaluación de los sucesos de las instalaciones nucleares internacionales, la información sobre cualificación ambiental de equipos y la actualización del margen sísmico de la central.
• Las actuaciones en relación con nuevos requisitos normativos, en materia de vigilancia meteorológica, refrigeración de la piscina de combustible gastado, detección y control de gases combustibles en contención, estanqueidad de líneas que atraviesan la contención, y del sistema de tratamiento de residuos radiactivos sólidos.
 
Para ampliar información, pueden consultar la siguiente memoria resumen: Descargar 182.18 Kb