CSN Renovado el Real Decreto sobre protección física de materiales nucleares - 2011

Saltar al contenido

Su versión de Internet Explorer no es la adecuada para una correcta visualización de esta página web. Debe utilizar Internet Explorer 9 o superior.

Aceptar

Contenido principal

2011

Atrás

Renovado el Real Decreto sobre protección física de materiales nucleares

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto sobre protección física de las instalaciones y materiales nucleares y de las instalaciones radiactivas. El área de Protección Física del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha colaborado activamente con el Ministerio del Interior en la elaboración del nuevo Real Decreto, que modifica sustancialmente el aprobado en 1995.

Entre las principales novedades introducidas, cabe destacar las siguientes:

 

- Incremento de las medidas de protección física que se aplican a las instalaciones, a los materiales nucleares y a las fuentes radiactivas más relevantes.
- Revisión del régimen de autorizaciones vigente. A partir de ahora se contemplarán de forma separada las autorizaciones correspondientes a las instalaciones y las relativas a los transportes de material nuclear.
- Establecimiento de un régimen de protección física de las fuentes radiactivas en las instalaciones en las que se utilizan, concretando en qué casos es obligatorio disponer de un sistema específico de protección física para su transporte.
- Delimitación de las obligaciones básicas de los titulares tanto en lo que se refiere al control y la protección de los materiales, instalaciones y transportes sujetos a la reglamentación, como a los criterios de clasificación de seguridad del personal de las instalaciones y transportes.
- Reforzamiento de las medidas de control y supervisión de las empresas que participen en los transportes de materiales nucleares y radiactivos.

 

Mediante el Real Decreto 158/1995, de 3 de febrero, sobre protección física de los materiales nucleares, se estableció que el ejercicio de las actividades de manipulación, procesado, almacenamiento y transporte de los materiales nucleares requiere una autorización específica que, a solicitud del interesado, sería otorgada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con los informes previos del Ministerio del Interior y del Consejo de Seguridad Nuclear, de acuerdo con sus normativas específicas.
La normativa española se enmarca dentro del la Convención sobre la protección física de los materiales nucleares del Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA), que entró en vigor en 1987 y que España ratificó como Estado miembro de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM) en 1991. Los Estados Parte de la Convención aprobaron en 2005 una enmienda a la misma, que incrementa de manera sustancial los controles sobre los materiales nucleares, refuerza la cooperación internacional en este ámbito, e incorpora la protección física de las instalaciones nucleares. España autorizó la aceptación de la Enmienda mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de mayo de 2007 y adapta ahora su legislación a través del nuevo Real Decreto.

Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas.