Contenido principal
Alfa 61
El número 61 de Alfa, está dedicado a reconocer la labor de las mujeres científicas a lo largo de la historia y a analizar las implicaciones del aprendizaje automático en diversos sectores. Este nuevo número, el primero de 2025, destaca la trayectoria de mujeres que, a pesar de los obstáculos y la invisibilización, han dejado una huella imborrable en la ciencia. Además, explora el impacto del aprendizaje automático en la era de la transformación digital. Gracias a algoritmos capaces de reconocer patrones en grandes volúmenes de información, se entrenan sistemas para tomar decisiones o realizar tareas de manera autónoma.
La parte más técnica se dedica a analizar las novedades que presenta el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas (RINR) y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes. También se aborda una figura introducida en el CSN desde 2019, definida como «comunidades del conocimiento» y entendida como agrupaciones de personas interesadas en una materia técnica específica que buscan la creación de un espacio para compartir y evolucionar el conocimiento.
La radiografía nos acerca los cambios que el RINR también ha introducido en la regulación de las licencias de operador y supervisor. Entre otros contenidos, as páginas de la entrevista están ocupadas por Elvira Moya de Guerra, una de las primeras mujeres en destacar en la física nuclear española, cuyo testimonio sirve de inspiración para futuras generaciones de investigadoras.
La nueva vigencia de las licencias de operador y supervisor de instalaciones radiactivas distintas de las del ciclo del combustible nuclear a partir del RD 1217/2024
El Real Decreto 1217/2024, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes, modifica la vigencia de las licencias de operador y supervisor de instalaciones radiactivas distintas de las del ciclo de combustible nuclear.
Texto: María J. Pinos Cabezas - Jefa de Área de Licencias y Formación Subdirección de Protección Radiológica Operacional
Desde la entrada en vigor del citado Real Decreto, estas licencias tendrán un plazo de validez de diez años (cf. art. 69) y se renovarán por periodos de diez años, como máximo (cf. art. 74), en lugar de los cinco años que establecía la anterior normativa.
Además, el referido Real Decreto introduce por vía de derecho transitorio una renovación automática de estas licencias. En efecto, la Disposición Transitoria Segunda prevé que las licencias de operador y supervisor que se encuentren vigentes el día 5 de diciembre de 2024 (fecha de entrada en vigor del R.D. 1217/2024) quedarán renovadas hasta cumplir diez años desde la fecha de su emisión o de su última renovación.
Dado el carácter automático de la renovación de la licencia que prevé la Disposición Transitoria Segunda del citado Real Decreto, conviene recordar la posibilidad, en su caso, de cesación de la vigencia de la licencia «por renuncia del titular» de la misma (cf. art. 75-d).
Cuestiones concretas a propósito de la nueva vigencia de las licencias:
- Determinación de la nueva fecha de caducidad de las licencias beneficiadas por la renovación prevista en la D.T. 2.ª del Real Decreto 1217/2024.
- Caducará la licencia el día en que se cumplan diez años desde la fecha de su emisión o de su última renovación.
- Validez de las licencias de operador y supervisor que expresan fechas ya caducadas, en función de lo previsto en la D.T. 2.ª del Real Decreto 1217/2024.
- El CSN no remite a las personas en posesión de licencia de supervisor u operador de instalaciones radiactivas una nueva licencia expresando su nueva fecha de caducidad.
- Se podrá demostrar la vigencia de la licencia en casos de requerimiento de agentes de la autoridad u otras instancias, aportación documental para oposiciones y concursos, bolsas de trabajo, etc., adjuntando a la licencia la Circular n.º 1/25 relativa al periodo de vigencia de las licencias de operador y supervisor de instalaciones radiactivas, publicada por el CSN en su web institucional.
Base de datos de registro de licencias del CSN
En la base de datos de registro de licencias de operador y supervisor concedidas por campo de aplicación y la instalación a la que se aplican, que mantiene el CSN, constan ya las nuevas fechas de caducidad de las respectivas licencias, en función de la renovación prevista en la D.T. 2ª del Real Decreto 1217/2024. Esto ha supuesto la modificación de la vigencia de casi diecisiete mil licencias.
Solicitud de renovación de la licencia de supervisor u operador
Los interesados solicitarán la renovación con dos meses de antelación a la fecha de caducidad de su licencia en vigor. A tal efecto, deberá considerarse el nuevo periodo de vigencia introducido por la D.T. 2.ª del Real Decreto 1217/2024.
Características de las licencias de supervisor u operador
Estas licencias mantienen su carácter personal e intransferible y específicas por campo de aplicación. El Consejo de Seguridad Nuclear establecerá los campos de aplicación en que deben encuadrarse las actividades del personal con licencia, sobre la base de los diversos tipos de instalación según su finalidad.
Devolución de la tasa a titulares de las licencias renovadas al amparo de la D.T. 2.ª del R.D. 1217/2024
Solo los solicitantes de renovación de licencia cursada con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del R.D. 1217/2024 (5 de diciembre de 2024), que resulten renovadas en virtud de lo previsto en su D.T. 2.ª, tendrán derecho a la devolución del importe de la tasa.
La Subdirección de Protección Radiológica Operacional del CSN ha publicado en la web institucional del organismo contestaciones a preguntas frecuentes en relación con la vigencia de las licencias tras la publicación del Real Decreto 1217/2024.