CSN El Consejo de Seguridad Nuclear informa favorablemente el diseño del contenedor HI-STORM FW para combustible nuclear gastado - 2025

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El Consejo de Seguridad Nuclear informa favorablemente el diseño del contenedor HI-STORM FW para combustible nuclear gastado

Este dispositivo será utilizado para el almacenamiento temporal del combustible de las centrales nucleares Almaraz, Ascó, Cofrentes y Vandellós II

El Pleno también ha aprobado la nueva versión del Plan de actuación ante emergencias del Consejo

 

El contenedor está diseñado para el combustible gastado de reactores de agua en ebullición y a presión | FOTO: Holtec Internacional

En su reunión semanal, el Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), ha informado favorablemente, con límites y condiciones, la solicitud presentada por la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (Enresa) correspondiente al diseño del contenedor HI-STORM FW Versión G, para el almacenamiento temporal del combustible nuclear gastado de las dos unidades de las centrales nucleares Almaraz y Ascó; y de Cofrentes y Vandellós II.

El mencionado contenedor está diseñado para albergar de forma segura el combustible nuclear gastado de los reactores de agua a presión (PWR) y de agua en ebullición (BWR). En el caso de los PWR, el contenedor podrá alojar 37 elementos combustibles, mientras que, para los BWR, el diseño permite almacenar 89 unidades de dichos elementos.

Por otro lado, el Pleno ha dado luz verde, con condiciones, a la solicitud de modificación del Plan de Protección Física (PPF) de las fuentes radiactivas del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Ciemat) así como de sus procedimientos asociados. El PPF del Ciemat tiene por objeto exclusivo la protección física de las fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad utilizadas o almacenadas en las instalaciones incluidas en el recinto.

Igualmente, el Pleno ha informado favorablemente la modificación de la autorización de la instalación radiactiva de segunda categoría del Hospital Clínico San Carlos de Madrid, consistente en la sustitución de un acelerador lineal de electrones por otro provisto de un sistema de imagen guiado por rayos X.

Esta instalación no podrá iniciar su operación hasta que el CSN realice la preceptiva inspección de licenciamiento y emita la notificación para su puesta en marcha, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas (RINR), y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes. 

El Pleno también ha aprobado la nueva versión del Plan de actuación ante emergencias (PAE) del CSN. Como principales novedades, la actualización diferencia entre la respuesta a emergencias nucleares y radiológicas con la creación de nuevos grupos específicos, el refuerzo de las labores de comunicación, la actualización de las funciones de intervención radiológica en campo de la Organización de respuesta en emergencias (ORE) y la integración del Plan de Formación específico de la ORE (PFORE) en el propio Plan de Actuación de la ORE.

El PAE describe la respuesta de la ORE del CSN ante una emergencia nuclear o radiológica, los modos de respuesta, los criterios para su declaración, los niveles de responsabilidad y la formación de sus componentes, todo ello con el objetivo de dar cumplimiento a las funciones y responsabilidades asignadas al organismo en su Ley de creación y en la normativa que desarrolla el Sistema Nacional de Protección Civil.

Lucha contra el fraude

Además, el Pleno ha suscrito una declaración institucional de integridad y lucha contra el fraude en el CSN en la que la institución declara su absoluta oposición hacia aquellos comportamientos no éticos y actos ilícitos o irregulares que puedan producirse en el ejercicio de sus funciones, mostrando su compromiso de permanente vigilancia y sanción de los mismos. Esta actuación refuerza la existencia de los canales de denuncia con que cuenta el regulador desde los que se pueden comunicar incumplimientos sobre asuntos relativos a diferentes ámbitos, como al código ético de la organización y a otras materias incluidas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

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