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Desarrollo del proyecto ATC
Monografías
Almacén Temporal Centralizado
En diciembre de 2004, la Comisión de Industria del Congreso aprobó por unanimidad una resolución que instaba al Gobierno, en colaboración con Enresa, a desarrollar los criterios para llevar a cabo una instalación de almacenamiento temporal para el combustible gastado y los residuos de alta actividad en España.
Aprobación del diseño genérico
El 6º Plan General de Residuos Radiactivos elaborado por la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (Enresa) y aprobado por el Consejo de Ministros el 23 de junio de 2006, incluye como objetivo básico prioritario la puesta en marcha de un Almacén Temporal Centralizado (ATC) para el combustible gastado y los residuos de alta actividad generados en España.
El 28 de junio de 2006, el Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear acordó la apreciación favorable del diseño básico conceptual de una instalación de este almacenamiento -sin emplazamiento específico concreto-. La apreciación favorable se ciñó al marco normativo, a los planteamientos metodológicos, y al conjunto de códigos y normas propuestos. Además, se establecieron los límites y condiciones necesarios para este tipo de instalaciones, que pueden ser consultados en esta página web.
Proceso de selección de emplazamiento
La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó, el 27 de abril de 2006, una Proposición no de Ley por la que el Congreso instaba al Gobierno a crear una Comisión Interministerial que debía establecer los criterios que cumplir el Almacén Temporal Centralizado para combustible gastado y residuos radiactivos de alta actividad y su centro tecnológico asociado que, finalmente, fue aprobado por el Gobierno el 23 de junio de ese año.
Entre las funciones que se atribuyeron a la Comisión Interministerial, asistida por un comité asesor técnico, figuraba la de desarrollar el procedimiento por el que los municipios interesados pudiesen optar a ser candidatos para el emplazamiento.
Se lanzó una convocatoria pública, que se incluyó en prensa escrita, para que se presentaran candidatos a alojar el ATC. 13 municipios presentaron su candidatura, de los cuales fueron admitidos ocho.
La designación del municipio conquense de Villar de Cañas para albergar el Almacén Temporal Centralizado en el Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2011 marcó el final de ese proceso de selección del emplazamiento.
Licenciamiento
El licenciamiento de una instalación nuclear es un complejo proceso que comprende el conjunto de actividades orientadas al análisis del cumplimiento con la normativa aplicable y la viabilidad de la concesión de una o varias autorizaciones por la que la autoridad competente faculta al destinatario de la autorización para la ejecución de una o varias actividades. Este proceso está regulado en el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR), modificado por el Real Decreto 35/2008, de 18 de enero, al amparo de la Ley 25/1964 de Energía Nuclear y la Ley 15/1980 de creación del Consejo de Seguridad Nuclear.
La concesión de las autorizaciones de instalaciones nucleares corresponde al, ahora denominado, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) con el informe preceptivo del Consejo de Seguridad Nuclear.
El RINR define al ATC en su artículo 11 como una instalación nuclear, por lo que su proceso de licenciamiento comprende las autorizaciones siguientes:
- Autorización previa o de emplazamiento,
- Autorización de construcción, y
- Autorización de explotación.
Una vez aprobado el diseño genérico del ATC y tras la selección del emplazamiento mediante Resolución de 18 de enero de 2012 de la Secretaría de Estado de Energía, el proceso de licenciamiento se inició con la recepción de la documentación asociada a las solicitudes de autorización previa o de emplazamiento y de construcción presentadas por Enresa ante el MITERD.
En enero de 2014, se registró en el CSN la solicitud del entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo (MINETUR) del informe preceptivo sobre las autorizaciones de emplazamiento y de construcción del ATC (solicitudes efectuadas por Enresa ante ese ministerio).
En julio de 2015, el CSN emitió el informe preceptivo sobre la autorización de emplazamiento del ATC, estableciendo los límites y las condiciones relativas a la seguridad nuclear y radiológica de la instalación, que puede ser consultado en el siguiente enlace.
En julio de 2018, el CSN había dedicado unas 47.000 horas de trabajo técnico para analizar la autorización de construcción del ATC, y faltaban unas 800 horas (unos 15 días) para terminar su evaluación.
Situación actual
La Secretaría de Estado de Energía, perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, remitió al CSN, el 6 de julio de 2018, una comunicación en la que solicitaba al organismo regulador la suspensión temporal de la evaluación de la autorización de construcción del ATC.
Dicha solicitud se efectuó al objeto de poder analizar las circunstancias y previsiones de una nueva planificación en materia de gestión de residuos radiactivos. En diciembre de 2022, el CSN emitió el informe preceptivo favorable correspondiente al Séptimo Plan General de Residuos Radiactivos (PGRR).