Contenido principal
Protección física de instalaciones y material radiactivo
Protección Física
El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), divide las fuentes radiactivas en cinco categorías que se identifican con números del 1 al 5, según su peligrosidad, siendo la categoría 1 la más peligrosa para la salud de los seres humanos y la 5 la menos peligrosa. Las fuentes de categoría 1, 2 y 3 forman el conjunto de fuentes radiactivas selladas de alta actividad (High Activity Sealed Sources).
Las fuentes radiactivas de categorías 1, 2 y 3, en las instalaciones en las que se produzcan, procesen, manipulen, utilicen o almacenen, deberán disponer de un sistema de protección física, de conformidad con la evaluación vigente de la amenaza, el incentivo relativo de las fuentes radiactivas, la naturaleza de éstas y las consecuencias previsibles derivadas de la retirada no autorizada de las mismas o de actos de sabotaje.
El CSN, en materia de protección física de las instalaciones y material radiactivo tiene competencias en la evaluación, la inspección y el control de las actividades, la elaboración y aprobación de normativa, la colaboración y asesoría a otras autoridades competentes, así como la iniciación de procedimientos sancionadores