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Qué hacemos en caso de emergencia
QUE HACEMOS CASO EMERGENCIAS
La declaración de una emergencia, ya sea nuclear o radiológica, por parte de la autoridad competente, o de la dirección de la emergencia de la instalación, lleva consigo la activación de la Organización de Respuesta ante Emergencias (ORE) del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) en modo 1. La Sala de Emergencias (Salem) del CSN está activada en modo de alerta las 24 horas al día durante todo el año. La activación en modo 1 de la ORE es el primer modo de respuesta establecido.
En este modo y los siguientes (hasta modo 3) se inician las comunicaciones con la instalación sobre la que se ha declarado la emergencia y con la dirección de la emergencia exterior a la instalación; se convoca a los técnicos especialistas del CSN, de manera proporcionada a la gravedad de la emergencia y al modo declarado en la Salem; se activan los medios externos de los que dispone el Consejo para apoyo a la respuesta a las emergencias; y se inicia la evaluación de la situación con un diagnóstico del accidente y una previsión de su evolución.
Del resultado de estas evaluaciones se extraen recomendaciones de protección que se trasladan a la autoridad que ejerce la dirección de la emergencia para que, de acuerdo con los recursos de que disponga, las ponga en práctica.
En nuestro país, el CSN es la única autoridad competente en exclusiva para coordinar y recabar datos de carácter radiológico, analizarlos y elaborar recomendaciones de protección a los trabajadores, a la población y sobre el medio ambiente.