CSN Planes de Emergencia Nuclear Interior (PEI)

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Planes de Emergencia Nuclear Interior (PEI)

Plan de Emergencia Interior (PEI)

Los Planes de Emergencia Interior (PEI) están regulados por la normativa sobre instalaciones nucleares y radiactivas y responden a la obligación de autoprotección corporativa definida en la normativa sobre protección civil, por lo que son responsabilidad del titular de la instalación.

Cada central nuclear tiene un PEI específico que detalla las actuaciones, medidas y responsabilidades de preparación y respuesta a las condiciones del accidente, con el objeto de mitigar sus consecuencias, proteger al personal de la instalación y notificar de forma inmediata a las autoridades competentes, incluyendo la evaluación inicial de las consecuencias potenciales de la emergencia. Además, los PEI establecen las actuaciones previstas por el titular para prestar su ayuda en las intervenciones de protección en el exterior de la instalación, conforme estable el Plan Básico  de Emergencia Nuclear (PLABEN).

Las emergencias que se declaran para hacer frente a los accidentes que se postulan en las centrales nucleares se clasifican en cuatro categorías en función de la gravedad del suceso y de la naturaleza y cantidad de material radiactivo que se pueda llegar a liberar al exterior. Las categorías de emergencia se enumeran de la I a la IV en orden creciente de gravedad:

Categoría I: Prealerta.

Categoría II: Alerta de Emergencia.

Categoría III: Emergencia en el Emplazamiento.

Categoría IV: Emergencia General.