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Solicitud de información

Solicitudes de acceso a la información pública

Los ciudadanos puede ejercer el derecho de acceso a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española, y así lo recoge también la Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Este derecho garantiza la posibilidad de llevar a cabo consultas sobre datos e información pública del Consejo de Seguridad Nuclear. 

El derecho de acceso podrá ser limitado en los supuestos que contempla la Ley en sus artículos 14 y 15 (seguridad nacional, defensa, política económica y monetaria, para la protección de datos de carácter personal, entre otros).

Las solicitudes que deseen trasladarse a través del buzón de transparencia del Consejo de Seguridad Nuclear deben tramitarse a través de la Sede Electrónica del regulador.

El usuario deberá identificarse con un certificado digital o por medio de la plataforma Cl@ve-Autenticación. La solicitud será registrada en el registro general del CSN y se le proporcionará un acuse de recibo, indicando el número de registro asignado.