CSN El CSN autoriza la puesta en marcha de la unidad de radioterapia del Hospital Recoletas “Nuestra Señora de la Misericordia” de Segovia - 2021

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El CSN autoriza la puesta en marcha de la unidad de radioterapia del Hospital Recoletas “Nuestra Señora de la Misericordia” de Segovia

El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), en su reunión semanal, ha emitido la notificación para la puesta en marcha de la instalación radiactiva de radioterapia del Hospital Recoletas “Nuestra Señora de la Misericordia” de Segovia tras la realización de la preceptiva visita de inspección y aprobación del informe técnico de seguridad y protección radiológica de dicha solicitud.

Por tanto, tal y como señalan los artículos 39 y 40 del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas (RINR), dicha instalación ya podrá entrar en funcionamiento.

El CSN es el único organismo competente en España en materia de seguridad nuclear y protección radiológica, y tiene por misión proteger a los trabajadores, la población y el medio ambiente de los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes, consiguiendo que las instalaciones nucleares y radiactivas sean operadas por los titulares de forma segura, y estableciendo las medidas de prevención y corrección frente a emergencias radiológicas, cualquiera que sea su origen.

En 2020, el CSN aprobó 282 informes sobre instalaciones radiactivas y 30 sobre nucleares, sumándose a las 40.346 instalaciones radiactivas y de rayos X existentes en España.

Antecedentes

El pasado 15 de marzo, procedente del ejecutivo de Castilla y León, el CSN recibió la solicitud de modificar la autorización de la instalación radiactiva IRA para incorporar un acelerador lineal de electrones de la marca Varian Medical Systems, modelo TrueBeam, así como el sistema de imagen guiada por rayos X asociado al acelerador.

El Pleno del CSN informó favorablemente la solicitud en su reunión del 28 de julio y la Dirección General de Industria de la Junta de Castilla y León emitió la autorización el 4 de agosto.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del RINR, la especificación número 12 de la autorización especificaba que “no podrá iniciarse el funcionamiento de la modificación de la instalación hasta que el titular disponga de notificación para la puesta en marcha, emitida por el Consejo de Seguridad Nuclear, tras la realización por este organismo de la preceptiva visita de inspección”.

Desviaciones respecto a lo autorizado

Una vez completado el montaje de los equipos, el 6 de octubre el titular solicitó la inspección de puesta en marcha que tuvo lugar el 2 de noviembre en la que se identificaron varias desviaciones. Dichas disconformidades estaban relacionadas con la ausencia de licencia de un operador o supervisor aplicadas en la instalación; el uso de las salas contiguas al búnker que aloja el acelerador; y alguna de las energías de funcionamiento del acelerador.

Notificadas estas desviaciones, el titular ha estado trabajando en la subsanación de las mismas desde entonces y hasta la semana pasada cuando obtuvieron la licencia del operador aplicada a la instalación.

Para solucionar algunas de las desviaciones, el titular tuvo que presentar directamente al CSN una solicitud de aceptación expresa, recibida el 10 de noviembre, a fin de conciliar los documentos de licencia con la realidad de la instalación.

Posteriormente, el CSN requirió al titular información adicional necesaria que le faltaba a la solicitud, proceso que duró hasta el 13 de diciembre en que aportó por correo electrónico la última información.

Finalmente, con la documentación de licencia en debida forma, desde la Dirección Técnica de Protección Radiológica del organismo regulador se elaboró la propuesta de aceptación expresa, que fue aprobada por el CSN el 17 de diciembre y, finalmente, la notificación para la puesta en marcha incluida de forma extraordinaria en el último Pleno del año para que pudiera ser aprobada.