CSN El Pleno del CSN informa favorablemente un cambio de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento de la central nuclear Trillo (Gualajara) relacionado con el mantenimiento de los generadores diésel de salvaguardias - 2022

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El Pleno del CSN informa favorablemente un cambio de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento de la central nuclear Trillo (Gualajara) relacionado con el mantenimiento de los generadores diésel de salvaguardias

imagen exterior de la central nuclear trillo

El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha informado favorablemente, en su reunión semanal, la propuesta presentada por el titular de la central nuclear Trillo (Guadalajara) sobre un cambio en las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) relativas al tiempo disponible para la realización de mantenimiento de los generadores diésel de salvaguardias.

Con esta solicitud, el titular plantea aumentar de 14 a 21 días el tiempo disponible para la realización del denominado “mantenimiento mayor” de los generadores diésel de salvaguardias de la instalación, así como la ejecución de las pruebas posteriores tras la realización del mismo requeridas por la norma alemana, aplicable a esta central, KTA-3702 “Emergency Power Generating Facilities with Diesel-generator Units in Nuclear Power Plants”.

Por otra parte, se han informado favorablemente las solicitudes presentadas por el titular de la central nuclear Cofrentes (Valencia) sobre las propuestas de cambio de su Reglamento de Funcionamiento (RF), Plan de Emergencia Interior (PEI) y Plan de Protección Física (PPF), todas ellas derivadas de un cambio organizativo para reforzar la seguridad física, la protección contra incendios y la respuesta en emergencias de la instalación. También se incorporan otros cambios, relacionados con la organización de la protección radiológica del titular, resultantes de una evaluación anterior.

Además, el Pleno del CSN ha emitido una apreciación favorable a la solicitud presentada por el titular de la central nuclear Ascó (Tarragona) en la que se solicita la ampliación de plazo para implantar diversas modificaciones de diseño de los sistemas de protección contra incendios de determinadas áreas, que no han podido finalizarse en los plazos requeridos debido a incidencias sobrevenidas con los suministradores de los materiales necesarios para efectuar las modificaciones acordadas.

Igualmente, se ha emitido un informe favorable sobre la propuesta de modificación del acuerdo de transferencia de titularidad de la central nuclear José Cabrera (Guadalajara) para su desmantelamiento y clausura, firmado entre Naturgy Energy Group y el actual titular, la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (Enresa).

Esta solicitud está motivada por la propuesta de Naturgy Energy Group de construir una subestación eléctrica en el emplazamiento de la central nuclear, en una zona bajo control del titular (Enresa) denominada “de doble uso”. La titularidad de esa área no fue transferida mediante el mencionado acuerdo, según el cual cualquier modificación de uso de esta zona deberá ser autorizada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), previo informe del CSN. La subestación eléctrica se construye para dar servicio a dos plantas solares fotovoltaicas que Naturgy proyecta construir en el exterior del emplazamiento.

Propuesta de expediente sancionador

Entre los asuntos abordados en esta reunión, el Pleno ha acordado emitir una propuesta de expediente sancionador al titular de la central nuclear Santa María de Garoña (Burgos) por incumplimiento de una Especificación Técnica de Funcionamiento en Parada (ETFP), al haber realizado el movimiento de una carga superior a 816,5 kg por encima de la piscina de combustible gastado sin haber efectuado previamente dos de las verificaciones necesarias para garantizar el funcionamiento seguro de la grúa.

Dicha actuación, ejecutada en mayo del año pasado, fue comunicada al CSN como suceso notificable y clasificada posteriormente como nivel 1 en la Escala Internacional de Sucesos Nucleares y Radiológicos (INES, por sus siglas en inglés).

El CSN, de acuerdo con el artículo 86 de la Ley 25/1964 de Energía Nuclear, considera que el incumplimiento del titular constituye una infracción leve, puesto que no ha derivado peligro para la seguridad o la salud de las personas o el medioambiente.

Apercibimientos

De igual manera, el Pleno ha aprobado diversas propuestas de apercibimiento. Por un lado, al titular de la central nuclear Almaraz (Cáceres) debido al incumplimiento de la Instrucción del CSN IS-21 sobre modificaciones de diseño en centrales nucleares por una gestión inadecuada de la indisponibilidad prolongada de dos equipos post Fukushima.

El incumplimiento constituyó un hallazgo que fue categorizado como VERDE dentro del Sistema Integrado de Supervisión de Centrales (SISC), es decir, de muy baja significación para el riesgo.

Los otros dos apercibimientos se han emitido al titular de las centrales nucleares Ascó y Vandellós II (ambas en Tarragona) y ambos son debidos al incumplimiento del artículo 9 de la Instrucción del CSN sobre requisitos aplicables a las modificaciones en las centrales nucleares (IS-21), al no haber solicitado la apreciación favorable del CSN para modificar las hipótesis de los cálculos radiológicos asociados al Centro Alternativo de Gestión de Emergencias (CAGE).

Los tres apercibimientos se consideran infracciones leves, ya que de ellos no se ha derivado peligro para la seguridad o la salud de las personas o el medioambiente, según se establece en el artículo 86 de la Ley de Energía Nuclear.

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