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2026
El CSN recibe la información requerida para evaluar la solicitud de "modificación de la autorización de explotación" de Almaraz
El Pleno acordó el pasado diciembre la emisión de una Instrucción Técnica Complementaria para recabar más información antes de emitir su informe preceptivo

Exterior de la central nuclear Almaraz (Cáceres)
El titular de la central nuclear Almaraz ha remitido al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) la información adicional requerida para evaluar la solicitud de “modificación de la autorización de explotación” de la instalación. El regulador la solicitó el pasado diciembre, a través de una Instrucción Técnica Complementaria (ITC), tras realizar un análisis de la documentación necesaria para abordar la evaluación.
Tras recibir la solicitud de informe preceptivo por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD), el pasado noviembre, el CSN analizó la información que el titular aportó en el marco de la renovación de la autorización de explotación vigente así como otra información disponible en el CSN desde la emisión de dicha autorización. En concreto, el regulador examinó el informe de la tercera Revisión Periódica de la Seguridad, así como el condicionado, las instrucciones técnicas que lo desarrollan y su estado actual de cumplimiento. También se estudiaron los informes de valoración de comportamiento de la central a lo largo del actual periodo de autorización y el resultado del programa de inspección llevado a cabo por el CSN desde la renovación de la autorización de la instalación en 2020.
La documentación aportada por el titular de la central será analizada por las direcciones técnicas del CSN. Está previsto que el CSN pueda emitir su informe preceptivo al Ministerio durante el verano de este año siempre y cuando no sea necesaria información adicional.
Informe preceptivo
El CSN es el único organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica en España tal y como se recoge en su Ley de creación. Dentro de sus funciones, está la de emitir los informes preceptivos al departamento ministerial correspondiente relativos a la seguridad nuclear, protección radiológica y protección física, previos a las resoluciones que este adopte, entre otras, en materia de concesión de autorizaciones para las instalaciones nucleares.
El CSN es una autoridad independiente de la Administración general del Estado y toma sus decisiones siempre en virtud de criterios técnicos. Sus informes son vinculantes cuando son negativos o establecen condiciones de seguridad nuclear o protección radiológica.