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Administrazio-kontratazioaren lizitazioak eta prozedura publikoak
RECURSOS ECONOMICOS CONTRATACION PUBLICA
Contratación administrativa
El Consejo de Seguridad Nuclear ajusta su actividad contractual a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. siendo su régimen de contratación el propio de una Administración pública.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, el Consejo de Seguridad Nuclear adopta las medidas necesarias que garanticen que las personas o empresas por él contratadas respeten la obligación de independencia durante la prestación de sus servicios. En ningún caso podrá contratar los servicios de personas o empresas vinculadas con los afectados por los servicios objeto de contratación.
Las licitaciones públicas de contratación y los contratos menores se publican en la Plataforma de Contratación del sector Público.
Contratos adjudicados
Procedimiento abierto
Procedimiento negociado
Adquisición centralizada
Contratos menores
Encargo a medios propios
Datos estadísticos de la ejecución de contratos
No se ha precisado la tramitación de ningún expediente de modificación contractual.