CSN Segurtasuna zentralen jardueran

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Segurtasuna zentralen jardueran

SEGURIDAD OPERACION CENTRALES

El titular de una autorización de una instalación nuclear es el responsable de la seguridad de la instalación en todas las fases de su vida, en particular en la operación. Esta es una responsabilidad que no puede delegarse.

En las autorizaciones para la explotación de las centrales nucleares se establecen los límites y condiciones que contemplan los distintos aspectos de la operación. En las autorizaciones se incluyen los Documentos Oficiales de Explotación (DOE) en virtud de los cuales se concede cada autorización así como las condiciones necesarias para la revisión de los mismos. Entre ellos se pueden destacar las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) para cada instalación, que establecen las condiciones de operación y los requisitos de vigilancia a que debe someterse la instalación para garantizar el buen estado de los sistemas. Cuando no se cumplen estas condiciones, los propios documentos contemplan las acciones que se deben llevar a cabo y, en los casos necesarios, la parada de la central. Cualquier cambio en estos documentos debe ser aprobado previamente, con el informe favorable del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).

El CSN es el encargado de supervisar la seguridad de cada instalación. Entre las funciones recogidas en su Ley de creación, se encuentra la elaboración de propuestas de normativa (reglamentaciones y guías), así como la de emitir informes al Ministerio que coordine la política energética del Gobierno relativos a la seguridad nuclear y protección radiológica, además de realizar toda clase de inspecciones en las instalaciones nucleares o radiactivas, durante las distintas fases de la vida de cada una de ellas.