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Catalogo Nacional de Instalaciones o Actividades con Riesgo Radiológico
Catálogo Nacional de Instalaciones o Actividades con Riesgo Radiológico
Se puede acceder al CNARR a través del siguiente enlace:
Qué es el Catálogo Nacional de Instalaciones y Actividades con Riesgo Radiológico (CNARR)
Órgano Gestor del CNARR
Quién puede acceder al CNARR
El acceso a la información está limitado según el ámbito territorial de actuación del organismo al cual pertenece el usuario. Para la administración autonómica, el acceso se circunscribirá únicamente a su comunidad autónoma. La administración estatal accederá a todo el ámbito territorial.
La información suministrada por el CNARR debe utilizarse con los fines para los que se publica, la planificación frente a emergencias radiológicas, y debe ser tratada y distribuida con discreción y cierto grado de reserva a la vista de la relación de esta información con la necesaria protección del material nuclear y radiactivo, y las fuentes radiactivas.
Cómo se accede al CNARR
- Certificado electrónico
- Mediante la plataforma CL@VE AUTENTICACION de la Administración General del Estado
- Con usuario y contraseña.
Qué información proporciona el CNARR
En el caso de las instalaciones radiactivas, el CNARR proporciona la geolocalización de cada una de las instalaciones autorizadas de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR) en el mapa de España, acompañada de una ficha con información relevante de la instalación para la planificación frente a las emergencias radiológicas.
La parte más significativa de la información que proporciona el CNARR en relación con las instalaciones radiactivas es el nivel de planificación requerido, que está basado en el análisis de riesgos de la instalación requerido en el proceso de licenciamiento. El nivel de planificación puede ser de dos tipos.
- INT: solo es requerido el nivel interior de planificación, que será establecido en el PEI de la instalación, y que corresponde a aquellas instalaciones en las que no se espera ningún accidente con consecuencias radiológicas en el exterior de su emplazamiento.
- INT+EXT: es requerido tanto nivel interior como exterior de planificación frente a las emergencias de esa instalación. El nivel interior de planificación será el establecido en el PEI de la instalación. El nivel exterior será establecido en el Plan Especial de la comunidad Autónoma frente al riesgo radiológico. Corresponde a aquellas instalaciones en las que se esperan consecuencias radiológicas en el exterior del emplazamiento para alguno de los accidentes de su análisis de riesgos, pero en ningún caso consecuencias por encima de los niveles de intervención derivados del nivel de referencia para la evacuación, el confinamiento y la profilaxis radiológica.
En el caso de otras actividades y lugares donde la probabilidad de encontrar una fuente radiactiva fuera de control puede ser significativa, el CNARR, por un lado facilita el acceso al Registro de Instalaciones de Vigilancia Radiológica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio correspondiente al Protocolo de Colaboración sobre la Vigilancia Radiológica de los Materiales Metálicos, y por otro ofrece un listado de infraestructuras de transporte con tráfico de material nuclear o radiactivo.