- Informació preliminar
- Què fem per la protecció radiològica
- Protecció radiològica del públic i del medi ambient
- Protecció radiològica davant de la radiació natural
- Protecció radiològica dels treballadors
- Autorització d’instal·lacions
- Supervisió i control. Inspeccions
- Diplomes, llicències i acreditacions
- Entitats de servei
- Raigs X mèdics
- Instal·lacions en desmantellament a Espanya
- Magatzem definitiu de residus radioactius d’El Cabril
- Control de fonts radioactives
- Vigilància radiològica ambiental a EspanyaVigilància radiològica de materials metàllics i Megaport
- Transport de material radioactiu
- Protecció física d’instal·lacions i material radioactiu
Información general
El Reglamento de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes establece que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN, a la vista del riesgo radiológico asociado a una práctica que haga uso de las radiaciones ionizantes, puede exigir al titular de dicha práctica que se dote de una unidad especializada en protección radiológica (propia o contratada) para que le proporcione asesoramiento en esa materia y para encomendarle las funciones que, según se establece en dicho Reglamento, recaen en el titular.
El término Servicios de Protección Radiológica (SPR) se utiliza para referirse a aquellas unidades que el titular constituye como parte de su propia organización. El término Unidades Técnicas de Protección Radiológica (UTPR) se utiliza para referirse a aquellas unidades (externas a su organización) que el titular contrata para la prestación de los mencionados servicios.
Tanto los SPR como las UTPR deben ser expresamente autorizados por el CSN y su responsable debe estar en posesión de un diploma específico, que le habilite como jefe del SPR o de la UTPR, y que es expedido por el CSN. Las funciones que se pueden asignar a estas entidades son:
- Participar y supervisar el diseño, montaje, instalación, operación, modificación y clausura de la instalación.
- Participar en los trámites asociados a la adquisición de equipos y aparatos radiactivos.
- Evaluar los riesgos radiológicos asociados a la instalación.
- Realizar la clasificación radiológica de zonas de trabajo.
- Realizar la clasificación de trabajadores expuestos.
- Establecer las normas de acceso, estancia y salida de zonas radiológicas.
- Llevar a cabo la vigilancia radiológica de zonas.
- Llevar a cabo la vigilancia de efluentes y residuos radiactivos.
- Realizar el mantenimiento, verificación y calibración de equipos de detección y medida.
- Gestionar la vigilancia dosimétrica de los trabajadores expuestos.
- Evaluar el impacto radiológico en operación normal y en caso de accidente.
- Gestionar la formación y entrenamiento del personal.
- Implantar el principio de optimización de la protección radiológica.
- Realizar el control de calidad de las instalaciones médicas.
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