Radioactive facilities

Se entiende por instalaciones radiactivas las  de cualquier clase que contengan una fuente de radiación ionizante, los aparatos productores de radiaciones ionizantes que funcionen a una diferencia de potencial superior a 5 kilovoltios o los locales, laboratorios, fábricas e instalaciones donde se produzcan, utilicen, posean, traten, manipulen o almacenen materiales radiactivos, excepto el almacenamiento incidental durante su transporte.

Las instalaciones radiactivas se clasifican en tres categorías en función del riesgo radiológico asociado a los equipos o materiales radiactivos que utilizan o almacenan.

Las instalaciones radiactivas del ciclo del combustible nuclear (las fábricas de producción de uranio, y de producción de elementos combustibles) y otro tipo de instalaciones que manejan inventarios muy elevados de sustancias radiactivas o haces de radiación muy intensos, corresponden a instalaciones radiactivas de primera categoría.

Instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría son aquellas donde se manipulen o almacenen nucleidos radiactivos que puedan utilizarse con fines científicos, médicos, agrícolas, comerciales o industriales o las instalaciones que utilicen aparatos generadores de rayos X, en los que a la categoría se establece con los valores de actividad de los radioucleidos o la tensión del aparato generador de radiaciones ionizantes.

Todas las instalaciones radiactivas requieren ser autorizadas por el Ejecutivo correspondiente, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y son objeto de inscripción en el «Registro de Instalaciones Radiactivas» adscrito a la Dirección General de la Energía.